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DOF: 24/06/2024
CONVENIO Específico en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla

CONVENIO-SaNAS-PUE/2024

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EN ADELANTE "CONVENIO ESPECÍFICO" QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DOCTOR RUY LÓPEZ RIDAURA, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL MAESTRO AGUSTÍN LÓPEZ GONZÁLEZ, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL LICENCIADO RAÚL GÓMEZ TORRES, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DOCTOR GABRIEL GARCÍA RODRÍGUEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DOCTOR CHRISTIAN ARTURO ZARAGOZA JIMÉNEZ ,DIRECTOR GENERAL DE INFORMACIÓN EN SALUD; EL DOCTOR JORGE ENRIQUE TREJO GÓMORA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA; LA DOCTORA ALETHSE DE LA TORRE ROSAS, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; LA ACTUARIA YOLANDA VARELA CHÁVEZ, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DOCTOR RICARDO CORTÉS ALCALÁ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; EL DOCTOR JOSE LUIS DÍAZ ORTEGA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR LA MTRA. JOSEFINA MORALES GUERRERO, SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS; LA DRA. ARACELI SORIA CÓRDOBA, SECRETARÍA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA ; LIC. PATRICIA GRAJALES JÁCOME, DIRECTORA DE OPERACIÓN DE OBRA, BIENES, SERVICIOS GENERALES Y PROCESO DE GESTIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA Y LA DRA. MIREYA MONTESANO VILLAMIL, SUBSECRETARIA DE SERVICIOS DE SALUD ZONA B Y COORDINADORA DE SERVICIOS DE SALUD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA., A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Con fecha 01 de febrero de 2019, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud (LGS).

II. De conformidad con lo establecido en la cláusula tercera de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por LA MTRA. JOSEFINA MORALES GUERRERO, SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS Y LA DRA. ARACELI SORIA CÓRDOBA, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA; LA LIC. PATRICIA GRAJALES JÁCOME, DIRECTORA DE OPERACIÓN DE OBRA, BIENES, SERVICIOS GENERALES Y PROCESO DE GESTIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA Y LA DRA. MIREYA MONTESANO VILLAMIL, SUBSECRETARIA DE SERVICIOS DE SALUD ZONA B Y COORDINADORA DE SERVICIOS DE SALUD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, por parte de "LA ENTIDAD" y por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por sí misma, o asistida por los titulares de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados bajo su adscripción, por parte de "LA SECRETARÍA".

III. El Programa Estratégico de Salud para el Bienestar (PESB), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 07 de septiembre de 2022, en el subíndíce 5.4 numeral 5 "Fortalecimiento de la rectoría de la Secretaría de Salud para consolidar el Sistema de Salud para el Bienestar", refiere que, de conformidad con el marco jurídico vigente, "LA SECRETARÍA" es la dependencia facultada para ejercer la rectoría en todo el Sistema Nacional de Salud, promoviendo una estrategia de salud pública denominada Servicio Nacional de Salud Pública (SNSP), a través de la cual, se plantea la reconfiguración institucional para el fortalecimiento de la rectoría a nivel federal a cargo de la Secretaría de Salud, permitiendo articular de mejor manera las actividades, programas y acciones de vigilancia y control de los determinantes sociales y problemas de salud pública a nivel nacional, instituir los lineamientos en materia de recursos humanos capacitados en Salud Pública que faciliten la organización, desarrollo e integración de las actividades en el territorio nacional, siendo el brazo operativo de la Secretaría de Salud, mediante estrategias de despliegue territorial y del más cercano contacto poblacional; que permitan traducir la retórica de la atención primaria a la salud en una realidad e implementación funcional a favor de la población sin seguridad social.

En su operación el SNSP, observará las once Funciones Esenciales de la Salud Pública, (FESP) recomendadas por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), mismas que se clasifican en cuatro ejes, tales como: 1) Evaluación; 2) Desarrollo de políticas; 3) Asignación de recursos; y 4) Acceso; priorizando a los sectores poblacionales que cuentan con mayor marginación en la atención a la salud.

IV. De conformidad con el numeral 3 "Origen de los recursos para la instrumentación del Programa" del PESB, "LA SECRETARÍA" tendrá como una de sus fuentes de financiamiento para dar cumplimiento a las acciones y estrategias que garanticen el acceso a la salud para la población sin seguridad social contempladas en dicho Programa Estratégico, entre las que, se encuentra el SNSP; los recursos asignados del Ramo 12, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal.

V. El Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MÁS-BIENESTAR), publicado en el DOF, con fecha 25 de octubre de 2022, establece en el componente de salud colectiva, que los mecanismos y operación de rectoría y gobernanza de la Secretaría de Salud Federal, así como su operación territorial se llevará a cabo a través del SNSP.

VI. El MÁS- BIENESTAR señala que, la modernización estratégica se conforma de varias estrategias y líneas de acción para la creación del SNSP, el cual, institucionalmente se encuentra adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, toda vez que, en ella, así como en sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos, a través de sus Programas de Acción Específicos, actualmente se encuentran inmersas gran parte de las funciones en salud pública; en este sentido se determina la integración del SNSP como un cuerpo de protección en materia de salud colectiva, conformado por personas entrenadas para el cumplimiento de las FESP, con el objeto de mejorar la salvaguarda y protección de la salud poblacional. Al efecto, su conformación será a través de un solo cuerpo de trabajo que integre a todas las personas servidoras públicas que realizan funciones rectoras, gerenciales y operativas en materia de salud pública en las entidades federativas y que son financiadas mediante recursos federales.

VII. El MÁS- BIENESTAR establece que, con la creación de los Distritos de Salud para el Bienestar (DSB); los Centros Coordinadores de Salud para el Bienestar (CCSB) y los Centros Estatales de Emergencias en Salud (CEES) como estrategias de modernización, se busca garantizar que, las FESP sean ejercidas sectorialmente y conlleven una visión práctica de la salud pública integral y de las prioridades nacionales, los cuales operarán con personal del SNSP.

VIII. El 23 de agosto de 2023 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales del Servicio Nacional de Salud Pública (Acuerdo SNSP), el cual señala en su ARTÍCULO TERCERO que sus disposiciones deberán implementarse por la Secretaría de Salud a través del SNSP, y operarán de manera conjunta con las autoridades sanitarias locales, bajo un esquema de cooperación permanente, con la estructura operativa de las entidades federativas dedicadas a la operación salubrista.

Asimismo, en su ARTÍCULO SEXTO, el Acuerdo SNSP establece que "LA SECRETARÍA", en coordinación con las dependencias y entidades que conforman el Sistema de Salud para el Bienestar, así como las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias, planeará, organizará y orientará las acciones para la operación del SNSP, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

IX. Con fecha 08 de noviembre de 2023, mediante oficio 0536, el C. Secretario de Salud, Doctor Jorge Carlos Alcocer Varela, instruyó al Doctor Ruy López Ridaura, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, para que, en estricto apego a la normatividad aplicable, ejecute las acciones necesarias para la implementación del SNSP, en el ámbito de su competencia.

X. "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, son responsables de coordinar y realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, consideradas en el MAS-BIENESTAR, las cuales, se encuentran inmersas en los Programas de Acción Específico a su cargo, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS".

XI. Que con fecha 27 de noviembre de 2023, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", suscribieron el Convenio de Colaboración y Coordinación para la ejecución de Acciones del Servicio Nacional de Salud Pública, en adelante "CoNaSer", con el objeto de establecer las bases y compromisos, para que "LA SECRETARÍA", con cargo a los recursos federales y acorde a la disponibilidad presupuestaria con que cuente para ello, contrate el personal de salud federal que será asignado a "LA ENTIDAD" para ejecutar las acciones del Servicio Nacional de Salud Pública; asimismo, se estableció en la Cláusula Décima que, los gastos administrativos que deriven del cumplimiento de dicho instrumento jurídico, deberán ser realizados con cargo a los recursos propios de cada una de "LAS PARTES", según corresponda y atendiendo a las disposiciones presupuestarias aplicables.

XII. Que, en observancia a lo establecido en el "CoNaSer", en el presente instrumento jurídico se considera la ministración de los recursos que permitirán dar cumplimiento a lo señalado por parte de "LA SECRETARÍA" para el ejercicio fiscal 2024.

XIII. Que, en el caso de la Dirección General de Información en Salud y el Centro Nacional de Transfusión Sanguínea, en adelante "UNIDADES TÉCNICAS", no ministran recursos presupuestarios en carácter de subsidios a las entidades federativas ni insumos federales a través del presente instrumento jurídico, no obstante, tienen a su cargo los siguientes Programas de Acción Específicos y Programas Presupuestarios, a los cuales, en lo subsecuente se les denominará "PROGRAMAS TÉCNICOS":

Unidad Administrativa/
Órgano Administrativo
Desconcentrado

Programa de Acción Específico y/o
Programa Presupuestario

Clave del Programa
Presupuestario con el
que se relaciona

Centro Nacional de la
Transfusión Sanguínea

Acceso Universal a Sangre, Hemocomponentes y Células Troncales Hematopoyéticas seguros

P013

Dirección General de
Información en Salud

Rectoría en Salud

P012

XIV. Considerando que, las "UNIDADES TÉCNICAS", realizan acciones de acceso equitativo de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas, así como, para la generación de información estadística en salud, conforme a sus respectivos ámbitos de competencia; lo cual, contribuye fortalecer las acciones de salud pública en las entidades federativas, se considera indispensable su participación en el presente instrumento jurídico, con la única finalidad de dar seguimiento a través de informes técnicos del grado de avance y cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores establecidos en sus respectivos "PROGRAMAS TÉCNICOS".

DECLARACIONES

I. "LA SECRETARÍA" declara que:

I.1.EL Doctor Ruy López Ridaura, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento.

I.2.La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, así como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección, supervisión y evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, Coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, Coordinar el desarrollo del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes; Proponer las políticas, estrategias, sistemas y programas que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para los programas de prevención, promoción de la salud y de control de enfermedades, así como en materia de accidentes; Promover mecanismos para fomentar la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas, de los sectores público, privado y social y, en general, de la sociedad en las acciones de prevención, promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de accidentes; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

I.3.Que de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el DOF con fecha 28 de julio de 2023, las Direcciones Generales de Información en Salud, Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como el Secretariado Técnico para la Prevención de Accidentes; los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; la Transfusión Sanguínea; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA; y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados que, se encuentran dentro del tramo de control de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

I.4.Las Direcciones Generales de Información en Salud, Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como el Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, son Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones VIII, XII, XVII Bis, y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 24, 28, 32 Bis 2 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; asimismo los Centros Nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; la Transfusión Sanguínea; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA; y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C, fracciones II, IV, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 42, 45, 46 y 47 del citado Reglamento; todos ellos adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud de conformidad con el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el DOF el 28 de julio de 2023, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de los programas de prevención y control de enfermedades, promoción de la salud, de transfusión sanguínea y vigilancia epidemiológica, así como de estadística en información en salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema Nacional de Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en "LOS PROGRAMAS".

I.5.Cada una de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, cuentan con la disponibilidad técnica y presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2024.

I.6.Para los efectos del presente "CONVENIO ESPECÍFICO" se señala como domicilio el ubicado en la calle de Homero, número 213, Colonia Chapultepec Morales, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11570, en la Ciudad de México.

II. "LA ENTIDAD" declara que:

1.Que el Estado de Puebla es una Entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, según lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

2.Que las Secretarías de Planeación y Finanzas, y de Salud son Dependencias integrantes de la Administración Pública Centralizada, e intervienen en el presente instrumento en términos de lo dispuesto en los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, párrafo segundo, 31, fracciones II y XII, 33 y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas y 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

3.Que los Servicios de Salud del Estado de Puebla es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado al Sector Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 1, párrafo tercero, 49, 50, y 58 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 9 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla y 1° del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla".

4.Que en términos del artículo 2 del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla", tiene por objeto coadyuvar con la Secretaría del ramo en la prestación de los servicios de salud a la población abierta, y se encargará de su operación, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General de Salud; la Ley Estatal de Salud; por los planes y programas nacionales y estatales; asimismo, del ejercicio de las funciones de los recursos transferidos y que se transfieran de acuerdo con los convenios de coordinación celebrados entre el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado. Que de conformidad con el artículo 5 fracciones I y II del Decreto antes referido organizará y operará en el Estado las acciones de prevención y promoción de la salud debiendo manejar y vigilar el uso de los recursos humanos, materiales y técnicos que aporta el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Salud, en términos de los acuerdos o convenios de coordinación respectivos.

5.Que la Mtra. Josefina Morales Guerrero, Secretaria de Planeación y Finanzas, cuenta con facultades para intervenir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 13 párrafo primero, 24, 30 fracción III, 31 fracción II, 33 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; así como 3, fracción XII y 11, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, cargo que acredita con la copia simple de su nombramiento de fecha 01 de julio de 2023, emitido por el Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla, el Lic. Sergio Salomón Céspedes Péregrina, mismo que se adjunta en el presente instrumento como Anexo 1.

6.La Dra. Araceli Soria Córdoba, en su carácter de Secretaria de Salud y Directora General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla comparece a la suscripción del presente Convenio Específico de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 3, 9 párrafo segundo, 10, 13 párrafo primero, 15, 24 y 59 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 12 párrafo primero y 17 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado Puebla; 8 fracción II y 15 fracción I del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla"; 5 fracción I, 6 y 11 fracción XXVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 4 fracción II, 9 y 11 fracción XXIII del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, acreditando su cargo como Secretaria de Salud con la copia de su nombramiento de 31 de julio de 2023, expedido por el Lic. Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano del Estado de Puebla, misma que se adjunta al presente instrumento como parte de su Anexo 1 y como Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla en términos del artículo 8º párrafo segundo del Decreto del H Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla".

7.Que la Lic. Patricia Grajales Jácome, en su carácter de Directora de Operación de Obra, Bienes, Servicios Generales y Procesos de Gestión de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, asiste en la firma el presente instrumento de conformidad con lo previsto en los artículos 4 fracción Ill, inciso C, subinciso C.3, 16 fracciones VIII, X y XXI, 25 BIS fracciones III, IV y XXXVII, del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla; y acreditando su cargo mediante nombramiento de 01 de marzo de 2023 emitido por el C. José Antonio Martínez García, en su momento Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, mismo que se adjunta al presente instrumento como parte de su Anexo 1.

8.Que la Dra. Mireya Montesano Villamil, Subsecretaria de Servicios de Salud Zona B, de la Secretaría de Salud y Coordinadora de Servicios de Salud de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, asiste a la Secretaría de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, en términos de lo dispuesto por los artículos 8 último párrafo del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla"; 5 fracción III, 12 fracciones XX y XXXI, 13 y 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; así como 4 fracción III inciso B), 15 fracción XIX, 17 fracción XVI del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla", quien acredita sus cargos con las copias de sus nombramientos de fechas 02 de agosto de 2023 y 30 de octubre de 2023, expedidos respectivamente por el Licenciado Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla y por la Dra. Araceli Soria Córdoba, Secretaría de Salud, Directora General del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla mismos que en copia simple adjunto al presente instrumento como parte de su Anexo 1.

9.Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son: Proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar a los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 4, 12 de la Ley Estatal de Salud y en los artículos 1º, 3º, 9º y 13 de la Ley General de Salud.

10.Que para efectos del presente convenio específico, señala como su domicilio legal el ubicado en la calle 6 Norte número 603, Colonia Centro, en la ciudad de Puebla, Estado de Puebla, C.P. 72000.

Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, "LAS PARTES" celebran el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" tiene por objeto ministrar insumos y recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a "LA ENTIDAD" que le permitan en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con "LA SECRETARÍA" para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP.

En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se señalan "LOS PROGRAMAS" en los que se encuentran inmersas las acciones en materia de salud pública en las que deberán aplicarse los insumos y recursos presupuestarios federales ministrados a "LA ENTIDAD" y en el Anexo 4 se precisan los Indicadores y Metas, que servirán para la evaluación del ejercicio y aplicación de los recursos ministrados e insumos suministrados a "LA ENTIDAD" anexos que debidamente firmados por "LAS PARTES" forman parte integral del mismo.

La ministración de recursos presupuestarios y suministro de insumos federales que efectúe "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" se realizará conforme a la tabla siguiente:

NO.

UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN

CLAVE DEL PROGRAMA
PRESUPUESTARIO

MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)

RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES

INSUMOS
FEDERALES

TOTAL

310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

U008

4,363,590.43

0.00

4,363,590.43

S u b t o t a l

4,363,590.43

0.00

4,363,590.43

315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

1

Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial

P018

1,061,410.50

0.00

1,061,410.50

1

Seguridad Vial

P018

471,782.50

0.00

471,782.50

2

PA en Grupos Vulnerables

P018

589,628.00

0.00

589,628.00

S u b t o t a l

1,061,410.50

0.00

1,061,410.50

316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA

1

Emergencias en Salud

U009

877,331.66

0.00

877,331.66

1

Emergencias

U009

553,755.97

0.00

553,755.97

2

Monitoreo

U009

323,575.69

0.00

323,575.69

2

Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio

U009, P018

1,872,316.00

75,459.00

1,947,775.00

S u b t o t a l

2,749,647.66

75,459.00

2,825,106.66

K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA

1

VIH y otras ITS

P016

922,733.00

15,022,861.11

15,945,594.11

2

Virus de Hepatitis C

P016

0.00

631,828.80

631,828.80

S u b t o t a l

922,733.00

15,654,689.91

16,577,422.91

L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA

1

Salud Sexual y Reproductiva

P020

3,587,515.44

8,795,781.91

12,383,297.35

1

SSR para Adolescentes

P020

1,290,529.44

63,780.00

1,354,309.44

2

PF y Anticoncepción

P020

908,854.00

886,020.72

1,794,874.72

3

Salud Materna

P020

263,942.00

6,704,264.07

6,968,206.07

4

Salud Perinatal

P020

1,103,190.00

373,000.00

1,476,190.00

5

Aborto Seguro

P020

10,500.00

768,717.12

779,217.12

6

Violencia de Género

P020

10,500.00

0.00

10,500.00

2

Prevención y Control del Cáncer

P020

869,760.00

41,699,765.20

42,569,525.20

3

Igualdad de Género

P020

5,000.00

0.00

5,000.00

S u b t o t a l

4,462,275.44

50,495,547.11

54,957,822.55

O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES

1

Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes

U009, P018

226,236.00

993,655.50

1,219,891.50

2

Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos

U009

404,866.00

6,117,554.96

6,522,420.96

1

Paludismo

U009

121,758.00

0.00

121,758.00

2

Enfermedad de Chagas

0.00

0.00

0.00

3

Leishmaniasis

0.00

0.00

0.00

4

Intoxicación por Artrópodos

0.00

0.00

0.00

5

Dengue

U009

283,108.00

6,117,554.96

6,400,662.96

6

Vigilancia Post Oncocercosis

0.00

0.00

0.00

3

Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)

P018

0.00

187,304.07

187,304.07

4

Emergencias en Salud

U009, P018

81,885.00

72,265.75

154,150.75

5

Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)

0.00

0.00

0.00

6

Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas

0.00

0.00

0.00

7

Enfermedades Cardiometabólicas

0.00

0.00

0.00

8

Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento

U008

706,174.00

0.00

706,174.00

9

Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales

U009, P018

161,350.00

6,495,999.77

6,657,349.77

10

Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas

0.00

0.00

0.00

S u b t o t a l

1,580,511.00

13,866,780.05

15,447,291.05

R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

1

Vacunación Universal

E036

0.00

194,523,036.40

194,523,036.40

2

Atención a la Salud de la Adolescencia

0.00

0.00

0.00

3

Atención a la Salud en la Infancia

0.00

0.00

0.00

S u b t o t a l

0.00

194,523,036.40

194,523,036.40

Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD"

15,140,168.03

274,615,512.47

289,755,680.50

La ministración de recursos presupuestarios federales que realice "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Dicha ministración se hará una vez que se haya formalizado el presente instrumento jurídico y/o cualquier otro documento que sea necesario para la operación de cualquiera de "LOS PROGRAMAS".

Los recursos presupuestarios federales otorgados a LA ENTIDAD" se considerarán devengados para "LA SECRETARÍA", a partir de que ésta realice la entrega de los mismos a la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD", no así para "LA ENTIDAD".

Cuando la entrega sea de insumos "LA SECRETARÍA" realizará esta en la "LA ENTIDAD" según su necesidad y disponibilidad; dichos insumos pasarán a custodia de "LA ENTIDAD" hasta su destino final, debiendo comprobarse en términos de la normativa aplicable.

SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, "LA SECRETARÍA", con cargo a su presupuesto, ministrará a "LA ENTIDAD", recursos federales con el carácter de subsidios, hasta por la cantidad de $289,755,680.50 (DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS 50/100 M.N.), para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP.

Los recursos presupuestarios federales por un monto de $15,140,168.03 (QUINCE MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS 03/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA".

Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3 del presente instrumento, para lo cual, será requisito indispensable que "LA SECRETARÍA" cuente con el original del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", debidamente suscrito y el registro de la cuenta bancaria en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"LA SECRETARIA" por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados notificará a "LA ENTIDAD" la fecha en que realizó la ministración de los recursos presupuestarios, conforme a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".

La Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD" se obliga a ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la Unidad Ejecutora, junto con los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que "LA SECRETARÍA" le radique dichos recursos, de conformidad con "EL ACUERDO MARCO".

Para efectos de este "CONVENIO ESPECÍFICO" se entenderá como Unidad Ejecutora a los Servicios de Salud del Estado de Puebla.

Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de este Convenio, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, debiendo la "LA ENTIDAD" proceder a su reintegro junto con sus rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARÍA". Dicho reintegro aplicará también en aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en el presente instrumento.

Los insumos federales que suministre "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", por un monto total de $274,615,512.47 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS DOCE PESOS 47/100 M.N.), serán entregados directamente a los Servicios de Salud del Estado de Puebla.

Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma al objeto del presente instrumento jurídico, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, por lo que las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrán solicitar su devolución para reasignarlos.

"LAS PARTES" convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales otorgados en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en el ejercicio en curso, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la

infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.

TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" convienen en sujetarse a lo siguiente:

1. "LA SECRETARÍA" verificará, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", que los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", sean destinados para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, a que se refiere la Cláusula Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.

2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a ministrar y suministrar, respectivamente, a "LA ENTIDAD", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.

3. "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrá vigilar, supervisar, dar seguimiento y evaluar en todo momento las obligaciones que asume "LA ENTIDAD" así como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le entregan en el marco del presente instrumento.

4. "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa vigente y, en su caso, suspenderá o cancelará las subsecuentes ministraciones de recursos presupuestarios federales, cuando éstos no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD", para los fines objeto del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", o bien, se hayan aplicado en contravención a sus cláusulas o a las de "EL ACUERDO MARCO".

5. "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS" practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales, a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación, ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a "LA ENTIDAD".

"LA ENTIDAD" queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo establecido en los "Criterios para la comprobación del gasto, 2024"; y en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024"; debiendo exhibir la documentación original comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento.

6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD", se deberán observar los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024", que para tal efecto "LA SECRETARÍA" a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS" establezca para apoyar la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados a "LA ENTIDAD".

7. "LA SECRETARÍA" a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante "Portal SaNAS", como mecanismo de comunicación, coordinación y seguimiento con "LA ENTIDAD", para la supervisión en el cumplimiento del presente instrumento jurídico.

CUARTA. INDICADORES Y METAS. - Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre respectivamente, "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", se aplicarán para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", que se establecen en el Anexo 4 del presente instrumento.

QUINTA. APLICACIÓN. - Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre respectivamente, "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", serán destinados, ejercidos y aplicados en forma exclusiva para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, en términos de lo estipulado en la Cláusula Primera de este Instrumento.

Los recursos presupuestarios federales, a que refiere el párrafo anterior, deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por "LA SECRETARÍA" a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS" y conforme a las disposiciones jurídicas federales en materia de ejercicio y ejecución del gasto.

Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este "CONVENIO ESPECÍFICO" no podrán desviarse hacia cuentas en las que "LA ENTIDAD" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.

SEXTA. DOCUMENTOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DE RECURSOS. - Los requisitos y especificaciones para el ejercicio y la comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en los "Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo 12, 2024"; "Criterios para la Comprobación del Gasto, 2024", y "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", son de carácter obligatorio para "LAS PARTES", por lo que, en caso de incumplimiento a lo establecido en dichos Criterios, "LA SECRETARÍA" a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", en observancia a lo dispuesto en la Cláusula Décima Primera del presente instrumento y conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, podrá informar a las instancias de fiscalización federal y/o estatal dicho incumplimiento para los efectos legales a que haya lugar.

SÉPTIMA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - "LAS PARTES" convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.

En el caso de los gastos administrativos correspondientes a la operación del SNSP correlacionados con la suscripción del "CoNaSer", los cuales, ascienden a un monto total de $1,456,166.43 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS PESOS 43/100 M.N.), serán ministrados por "LA SECRETARÍA" a través de la Dirección General de Promoción de la Salud a "LA ENTIDAD", y se deberá observar lo establecido en los "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el "Portal SaNAS".

OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", deberá:

I. Informar mediante oficio y correo electrónico dirigido a "LA SECRETARÍA" a través de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por "LA SECRETARÍA", objeto del presente Convenio, con el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI, con el cual acredite la recepción de dichos recursos, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".

II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la Cláusula Primera de este "CONVENIO ESPECÍFICO", exclusivamente para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, con estricta sujeción a lo establecido en el Anexo 5 del presente instrumento, por lo que, se hace responsable del ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales.

III. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, los certificados del gasto que correspondan, respecto de la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación que realice "LA ENTIDAD", elaborados y validados por el titular de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "LA ENTIDAD", de acuerdo a los formatos establecidos en los "Criterios para la comprobación del gasto, 2024" y los "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".

IV. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este "CONVENIO ESPECÍFICO", la cual, deberá estar a nombre de los Servicios de Salud del Estado de Puebla y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como, con los requisitos que establezcan los "Criterios para la Comprobación del Gasto, 2024" y los "Criterios para la comprobación de los gastos administrativos para la operación del SNSP, 2024", mismos que, forman parte del presente instrumento. Dicha documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda "Operado", y se identificará con el nombre de "LOS PROGRAMAS" en los que se haya efectuado el gasto, haciéndose mención expresa a que dichas erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2024.

V. Mantener bajo su custodia, a través de los Servicios de Salud del Estado de Puebla por lo menos 5 años posteriores a su expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 4 del presente instrumento y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.

VI. Mantener bajo su custodia, a través de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, por lo menos 10 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación comprobatoria y justificatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.

VII. Mantener bajo su custodia, a través de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, así como aquella que soporte su debida aplicación, entendiéndose por ésta, a la entrega de dichos insumos que realiza la unidad ejecutora a los Establecimientos de Salud que correspondan, hasta en tanto dicha documentación le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.

VIII. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024", mediante los formatos establecidos en el Anexo 6 del presente instrumento, conforme resulte aplicable, y con los requisitos solicitados, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación del segundo y tercer trimestre del ejercicio fiscal 2024 y a más tardar el 15 de marzo del 2025, el correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2024, el informe sobre:

a.El avance del ejercicio de los recursos financieros ministrados a "LA ENTIDAD", señalando el nombre del Programa al que se destinan los recursos, monto de los recursos programados, ministrados comprometidos, ejercidos, reintegrados a la TESOFE y por ejercer.

b.El avance en el suministro y destino de los insumos/bienes enviados a "LA ENTIDAD", señalando el nombre del Programa, índice, descripción del bien/descripción complementaria, fuente de financiamiento, cantidad programada, costo total estimado, cantidad real ministrada, costo total real, porcentaje de avance suministrado, pendiente por suministrar, cantidad real aplicada, porcentaje de avance aplicado y por aplicar.

c.El avance de indicadores, señalando el nombre del programa, índice, actividad general, indicador, frecuencia de medición, medición de avance, meta, meta programada, presupuesto, meta realizada y porcentaje de avance.

IX. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados que tienen a cargo cada uno de "LOS PROGRAMAS", la documentación comprobatoria que soporte la aplicación de los insumos federales suministrados, a que hace referencia la fracción VII de la presente Cláusula.

X. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las Direcciones Generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología y por los Centros Nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.

XI. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos federales que se le suministren con motivo de este instrumento.

XII. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población de su circunscripción territorial, evitando la caducidad de los mismos.

XIII. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", una vez devengados conforme al avance del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación se sujetará a las disposiciones federales aplicables.

XIV. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "LA ENTIDAD" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal.

XV. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental.

XVI. Contratar con recursos de "LA ENTIDAD", y mantener vigentes las pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles, que cubran el valor de los que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento.

XVII. Contratar los recursos humanos calificados para el reforzamiento de la implementación del SNSP y las intervenciones de las acciones en materia de salud pública que se encuentran inmersas en "LOS PROGRAMAS", establecidas en el MÁS-BIENESTAR, y, en su caso, proporcionarles los gastos de operación, con cargo a los recursos federales que se ministren con motivo del presente Convenio, con apego a los Lineamientos por los que se establecen las medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

XVIII. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas, establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales ministrados.

XIX. Informar sobre la suscripción de este "CONVENIO ESPECÍFICO" al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD".

XX. Publicar el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".

XXI. Difundir en su página de Internet el listado de "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

XXII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a los plazos y requisitos previstos en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, los recursos presupuestarios federales ministrados que, al 31 de diciembre de 2024, no hayan sido devengados.

XXIII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados por "LA SECRETARÍA", e informar trimestralmente a cada Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado que corresponda, los rendimientos financieros generados, así como el depósito que de estos se haya realizado a dicha Tesorería, adjuntando los estados de cuenta bancarios correspondientes, así como informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dichos reintegros.

La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad de los Servicios de Salud del Estado de Puebla.

NOVENA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA". - "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de " LOS PROGRAMAS", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", estará obligada a:

I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Planeación y Finanzas de la "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este "CONVENIO ESPECÍFICO" y notificar mediante oficio a "LA ENTIDAD", la fecha de dicha ministración, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".

II. Suministrar los insumos federales a los Servicios de Salud del Estado de Puebla de "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 5 de este "CONVENIO ESPECÍFICO".

III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MÁS-BIENESTAR, que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS", y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, a que se refiere la Cláusula Primera de este "CONVENIO ESPECÍFICO", sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales.

IV. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual, serán destinados los recursos presupuestarios federales ministrados, observando en materia de contratación de recursos humanos lo establecido en los "Criterios para la contratación de personal con recursos de ramo 12, 2024".

V. Proporcionar la asesoría técnica necesaria, cuando sea requerida, a "LA ENTIDAD" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general.

VI. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales podrán ser virtuales o presenciales y serán coordinadas por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud conforme al calendario que, para tal efecto se establezca, como mecanismo para asegurar la aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento, sin perjuicio de que las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados puedan realizar visitas de supervisión o reuniones de seguimiento de carácter técnico, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 de la Cláusula Tercera del presente instrumento.

VII. Aplicar, las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría estatal o equivalente de "LA ENTIDAD", así como a la Dirección General de Programación y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio y b) Se determine el reintegro a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se hayan ministrado a "LA ENTIDAD".

VIII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente "CONVENIO ESPECÍFICO".

IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento, mediante los formatos de Informes Trimestrales a que hace referencia la fracción VIII de la Cláusula Octava del presente instrumento, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".

X. Realizar, en el ámbito de su competencia, la vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD" de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de verificación, control, evaluación y fiscalización a que hace referencia la Cláusula Décima Primera del presente instrumento.

XI. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas a indicadores y metas, establecer medidas de mejora continua para su cumplimiento a que se destinan los recursos federales ministrados.

XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2025, mediante el formato establecido en el Anexo 7 del presente instrumento jurídico, el Acta de Conciliación de Insumos. Dicha Acta se generará, siempre y cuando existan diferencias entre las cantidades de insumos e importes programados en el último convenio modificatorio del presente ejercicio fiscal y los insumos suministrados por las Unidades Administrativas y/o Órganos Administrativos Desconcentrados a las entidades federativas, conforme a las remisiones y/o los documentos oficiales con los que se acredite la entrega de insumos, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".

XIII. Emitir, a más tardar el 15 de abril de 2025, mediante el formato establecido en el Anexo 7 del presente instrumento jurídico, la Constancia de Cierre de Presupuesto, una vez que la "LA ENTIDAD", haya concluido con la comprobación de los recursos ejercidos y, en su caso, con el reintegro de los no comprobados, en los plazos señalados en el presente instrumento, en observancia a los "Mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio SaNAS 2024".

XIV. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a la Auditoría Superior de la Federación.

XV. Publicar el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" en el Diario Oficial de la Federación.

XVI. Difundir en el "Portal SaNAS" el listado de "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

DÉCIMA - DE LA COOPERACIÓN TÉCNICA Y SEGUIMIENTO A LOS "PROGRAMAS TÉCNICOS".- Las "UNIDADES TÉCNICAS" tendrán la obligación de entregar mediante oficio dirigido al Titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la información correspondiente al grado de avance y cumplimiento de objetivos, metas e indicadores establecidos en sus "PROGRAMAS TÉCNICOS" para su respectivo seguimiento, teniendo como fecha límite el 15 de abril de 2025.

Asimismo, las "UNIDADES TÉCNICAS" deberán proporcionar la cooperación técnica que, en su caso, les sea requerida por "LA ENTIDAD", conforme al ámbito de sus respectivas competencias.

DÉCIMA PRIMERA.ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "LA ENTIDAD" y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto público federal.

DÉCIMA SEGUNDA. - DE LA CONTRATACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.- "LAS PARTES" acuerdan que la contratación de recursos humanos se realizará para el reforzamiento de las acciones en materia de salud pública consideradas en el MÁS-BIENESTAR que contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en "LOS PROGRAMAS" y a su adecuada instrumentación e implementación en las entidades federativas, como parte del SNSP, conforme a lo señalado en los "Criterios para la contratación de personal con recursos de Ramo 12, 2024", mismos que, para tal efecto, se encuentran publicados en el "Portal SaNAS".

DÉCIMA TERCERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.

DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA. - El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 13 de diciembre de 2024.

DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO. - "LAS PARTES" acuerdan que el presente "CONVENIO ESPECÍFICO" podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al "CONVENIO ESPECÍFICO" obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".

En caso de contingencias para la realización de las acciones en materia de salud pública e implementación de intervenciones transversales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de "LOS PROGRAMAS", previstos en este instrumento, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.

DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN. - El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en "EL ACUERDO MARCO".

DÉCIMA SÉPTIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN. - El presente "CONVENIO ESPECÍFICO" podrá rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados en lo concerniente a "LOS PROGRAMAS" que les corresponda, por las siguientes causas:

I.Por la falta de entrega de la información, reportes y demás documentos dentro de los plazos establecidos en este Convenio.

II.Cuando se determine que los recursos presupuestarios y/o insumos federales permanecen ociosos o que se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento.

III.Por incumplimiento de alguna de las partes a las obligaciones contraídas en el mismo.

DÉCIMA OCTAVA. - OBLIGATORIEDAD DEL ACUERDO MARCO. - Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", "LAS PARTES" convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente instrumento como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.

Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente "CONVENIO ESPECÍFICO", lo firman por cuadruplicado a los dos días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.

ANEXO 1

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE "LA SECRETARÍA", Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA POR CONDUCTO DE "LA ENTIDAD".

Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA SECRETARÍA"

1

Dr. Ruy López Ridaura

Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud

2

Mtro. Agustín López González

Director General de Promoción de la Salud

3

Dr. Gabriel García Rodríguez

Director General de Epidemiología

4

Lic. Raúl Gómez Torres

Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes

5

Act. Yolanda Varela Chávez

Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva

6

Dr. Ricardo Cortés Alcalá

Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades

7

Dra. Alethse De La Torre Rosas

Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA

8

Dr. José Luis Díaz Ortega

Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia

9

Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez

Director General de información en Salud

10

Dr. Jorge Enrique Trejo Gómora

Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea

Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA ENTIDAD"

1

Mtra. Josefina Morales Guerrero

Secretaria de Planeación y Finanzas

2

Dra. Araceli Soria Córdoba

Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla

3

Lic. Patricia Grajales Jácome

Directora de Operación de Obra, Bienes, Servicios Generales y Proceso de Gestión del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla

4

Dra. Mireya Montesano Villamil

Subsecretaria de Servicios de Salud Zona B y Coordinadora de Servicios de Salud de los Servicios de Salud del Estado de Puebla.

Ruy López Ridaura

Presente.

Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 89, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.

Rúbrica.

Ciudad de México, a 16 de octubre de 2023.

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD-004/2024

Código 12-310-1-M1C029P-0000055-E-L-C

C. AGUSTÍN LÓPEZ GONZÁLEZ

P R E S E N T E

Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B, fracción XII y 7, fracciones XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:

DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD

Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Promoción de la Salud.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 1 de marzo de 2024.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. DD-002/2022

Código 12-316-1-M1C026P-0000903-E-X-V

DR. GABRIEL GARCÍA RODRÍGUEZ

P R E S E N T E.

Con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción XVII Bis, 7, fracción XXIV y 32 Bis 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 8 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como 2, fracción XI, del Reglamento de dicha Ley, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo

DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA

Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de designación directa, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Epidemiología.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 1 de marzo de 2022.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD-006/2023

Código 12-315-1-M1C026P-0000027-E-L-C

LIC. RAÚL GÓMEZ TORRES

P r e s e n t e.

Con fundamento en los artículos 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B, fracción XXI, 7, fracciones XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como en el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:

SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 16 de septiembre de 2023.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD-007/2023

Código 12-L00-1-M1C029P-0000066-E-L-V

LIC. YOLANDA VARELA CHÁVEZ

P r e s e n t e.

Con fundamento en los artículos 2, fracción XII y 91 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción II, 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla:

DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA

Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrita al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 16 de septiembre de 2023.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD- 005/2024

Código 12-O00-1-M1C029P-0000531-E-L-V

C. RICARDO CORTÉS ALCALÁ

P R E S E N T E

Con fundamento en los artículos 2, fracción XVIII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado C, fracción VII y 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 204, fracción I, inciso b), subinciso ii y 214 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:

DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE
ENFERMEDADES

Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 1 de marzo de 2024.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD-009/2019

Código 12-K00-1-M1C029P-0000041-E-L-C

DRA. ALETHSE DE LA TORRE ROSAS

P R E S E N T E.

Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción VIII, 7, fracciones XV y XXV y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como en los numerales 152, fracción III, inciso a) y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla

DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA

Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, adscrita al Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 16 de julio de 2019.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD-001/2023

Código 12-R00-1-M1C029P-0000059-E-L-V

DR. JOSÉ LUIS DÍAZ ORTEGA

P r e s e n t e.

Con fundamento en los artículos 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 7, fracciones XV, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:

DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, y adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 1 de mayo de 2023.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD-005/2023

Código 12-613-1-M1C029P-0000109-E-L-K

DR. CHRISTIAN ARTURO ZARAGOZA JIMÉNEZ

P r e s e n t e.

Con fundamento en los artículos 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 2, apartado B, fracción VIII, 7, fracciones XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo:

DIRECTOR GENERAL DE INFORMACIÓN EN SALUD

Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Libre Designación, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Información en Salud.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 16 de septiembre de 2023.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

SALUD

SECRETARÍA DE SALUD

Nombramiento No. LD-001/2020

Código 12-I00-1-M1C029P-0000035-E-L-V

DR. JORGE ENRIQUE TREJO GÓMORA

P R E S E NT E.

Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción IV, 7, fracciones XV, XXIV y XXV y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo

DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA

Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.

Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.

Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2020.

EL SECRETARIO DE SALUD

Rúbrica.

DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA

Gobierno del Estado de Puebla

JOSEFINA MORALES GUERRERO

PRESENTE

En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 79 fracciones II, XXI y XXXVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2, 4, 31 fracción II y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; así como 1, 2 y 11 Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, he tenido a bien nombrarla:

SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS

Nombramiento que surtirá efectos a partir de esta fecha, por lo que previa protesta de Ley, proceda a asumir el cargo que le he conferido.

Rúbrica.

LICENCIADO SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA

GOBERNADOR SUBSTITUTO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

PUEBLA, PUEBLA A 01 DE JULIO DE 2023

Gobierno del Estado de Puebla

ARACELI SORIA CÓRDOBA

PRESENTE

En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 79 fracciones II, XXI y XXXVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2, 4, 31 fracción XII y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; así como 1, 5 fracción I y 11 Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, he tenido a bien nombrarla:

SECRETARIA DE SALUD

Nombramiento que surtirá efectos a partir de esta fecha, por lo que previa protesta de Ley, proceda a asumir el cargo que le he conferido.

Rúbrica.

LICENCIADO SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA

GOBERNADOR SUBSTITUTO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

PUEBLA, PUEBLA A 31 DE JULIO DE 2023

Secretaría

de Salud

Gobierno de PueblaCuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 01 de marzo de 2023

Número de Oficio: DOP/SAPDH/DRLDP/C1/028/2023

ASUNTO: NOMBRAMIENTO

PATRICIA GRAJALES JÁCOME

P R E S E N T E

Por este medio y en uso de las facultades que me confieren los artículos 8 fracción II, 15 fracciones XI y XII, del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, así como 4 fracción II y 9, del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, hago de su conocimiento que a partir del día 01 de marzo de 2023 he tenido a bien designarla como:

DIRECTORA DE OPERACIÓN DE OBRA, BIENES, SERVICIOS GENERALES Y PROCESO DE GESTIÓN DEL ORGANISMO
PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA

Solicitando tomar posesión del cargo conferido, mismo que deberá desempeñar con la máxima diligencia, debiendo ejercer sus funciones conforme a derecho y en apego a la Ley General de Responsabilidades, Administrativas y demás disposiciones legales y normativas aplicables.

A T E N T A M E N T E

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA

Rúbrica.

JOSÉ ANTONIO MARTINEZ GARCÍA

Secretaría

de Salud

Gobierno de PueblaCuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 30 de octubre de 2023 Número de Oficio: DOP/
SAPDH/DRLDP/C1/142/2023

ASUNTO: NOMBRAMIENTO

MIREYA MONTESANO VILLAMIL

P R E S E N T E

Por este medio y en uso de las facultades que me confieren los artículos 8 fracción II, 15 fracciones XI y XII, del Decreto del H. Congreso del Estado, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, así como 4 fracción II y 9, del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, hago de su conocimiento que a partir del día 30 de octubre de 2023 he tenido a bien designarla como:

COORDINADORA DE SERVICIOS DE SALUD DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA

Solicitando tomar posesión del cargo conferido, mismo que deberá desempeñar con la máxima diligencia, debiendo ejercer sus funciones conforme a derecho y en apego a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones legales y normativas aplicables.

A T E N T A M E N T E

SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA

Rúbrica.

ARACELI SORIA CORDOBA

ANEXO 2

Identificación de fuentes de financiamiento de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública

310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

2,161,809.00

2,201,781.43

4,363,590.43

TOTALES

2,161,809.00

2,201,781.43

4,363,590.43

315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

1

Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial

1,061,410.50

0.00

1,061,410.50

1

Seguridad Vial

471,782.50

0.00

471,782.50

2

PA en Grupos Vulnerables

589,628.00

0.00

589,628.00

TOTALES

1,061,410.50

0.00

1,061,410.50

316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

1

Emergencias en Salud

877,331.66

0.00

877,331.66

1

Emergencias

553,755.97

0.00

553,755.97

2

Monitoreo

323,575.69

0.00

323,575.69

2

Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio

1,872,316.00

0.00

1,872,316.00

TOTALES

2,749,647.66

0.00

2,749,647.66

K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

1

VIH y otras ITS

922,733.00

0.00

922,733.00

2

Virus de Hepatitis C

0.00

0.00

0.00

TOTALES

922,733.00

0.00

922,733.00

L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

1

Salud Sexual y Reproductiva

1,020,000.00

2,567,515.44

3,587,515.44

1

SSR para Adolescentes

420,000.00

870,529.44

1,290,529.44

2

PF y Anticoncepción

600,000.00

308,854.00

908,854.00

3

Salud Materna

0.00

263,942.00

263,942.00

4

Salud Perinatal

0.00

1,103,190.00

1,103,190.00

5

Aborto Seguro

0.00

10,500.00

10,500.00

6

Violencia de Género

0.00

10,500.00

10,500.00

2

Prevención y Control del Cáncer

0.00

869,760.00

869,760.00

3

Igualdad de Género

5,000.00

0.00

5,000.00

TOTALES

1,025,000.00

3,437,275.44

4,462,275.44

O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

1

Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes

226,236.00

0.00

226,236.00

2

Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos

404,866.00

0.00

404,866.00

1

Paludismo

121,758.00

0.00

121,758.00

2

Enfermedad de Chagas

0.00

0.00

0.00

3

Leishmaniasis

0.00

0.00

0.00

4

Intoxicación por Artrópodos

0.00

0.00

0.00

5

Dengue

283,108.00

0.00

283,108.00

6

Vigilancia Post Oncocercosis

0.00

0.00

0.00

3

Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)

0.00

0.00

0.00

4

Emergencias en Salud

81,885.00

0.00

81,885.00

5

Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)

0.00

0.00

0.00

6

Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas

0.00

0.00

0.00

7

Enfermedades Cardiometabólicas

0.00

0.00

0.00

8

Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento

0.00

706,174.00

706,174.00

9

Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales

161,350.00

0.00

161,350.00

10

Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas

0.00

0.00

0.00

TOTALES

874,337.00

706,174.00

1,580,511.00

R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

1

Vacunación Universal

0.00

0.00

0.00

2

Atención a la Salud de la Adolescencia

0.00

0.00

0.00

3

Atención a la Salud en la Infancia

0.00

0.00

0.00

TOTALES

0.00

0.00

0.00

GRAN TOTAL

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS

(PESOS)

SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12

TOTAL

CASSCO

CAUSES

8,794,937.16

6,345,230.87

15,140,168.03

ANEXO 3

Calendario de Ministraciones

(Pesos)

310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

Mayo

4,363,590.43

Subtotal de ministraciones

4,363,590.43

U008

4,363,590.43

Subtotal de programas institucionales

4,363,590.43

Total

4,363,590.43

315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

1

Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial

1.1 Seguridad Vial

Mayo

471,782.50

Subtotal de ministraciones

471,782.50

P018

471,782.50

Subtotal de programas institucionales

471,782.50

1.2 PA en Grupos Vulnerables

Mayo

589,628.00

Subtotal de ministraciones

589,628.00

P018

589,628.00

Subtotal de programas institucionales

589,628.00

Total Programa

1,061,410.50

Total

1,061,410.50

316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

1

Emergencias en Salud

1.1 Emergencias

Mayo

553,755.97

Subtotal de ministraciones

553,755.97

U009

553,755.97

Subtotal de programas institucionales

553,755.97

1.2 Monitoreo

Mayo

323,575.69

Subtotal de ministraciones

323,575.69

U009

323,575.69

Subtotal de programas institucionales

323,575.69

Total Programa

877,331.66

2

Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio

Mayo

1,872,316.00

Subtotal de ministraciones

1,872,316.00

U009

1,872,316.00

Subtotal de programas institucionales

1,872,316.00

Total

2,749,647.66

K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

1

VIH y otras ITS

Mayo

922,733.00

Subtotal de ministraciones

922,733.00

P016

922,733.00

Subtotal de programas institucionales

922,733.00

2

Virus de Hepatitis C

Subtotal de ministraciones

0.00

Subtotal de programas institucionales

0.00

Total

922,733.00

L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

1

Salud Sexual y Reproductiva

1.1 SSR para Adolescentes

Mayo

1,290,529.44

Subtotal de ministraciones

1,290,529.44

P020

1,290,529.44

Subtotal de programas institucionales

1,290,529.44

1.2 PF y Anticoncepción

Mayo

908,854.00

Subtotal de ministraciones

908,854.00

P020

908,854.00

Subtotal de programas institucionales

908,854.00

1.3 Salud Materna

Mayo

263,942.00

Subtotal de ministraciones

263,942.00

P020

263,942.00

Subtotal de programas institucionales

263,942.00

1.4 Salud Perinatal

Mayo

1,103,190.00

Subtotal de ministraciones

1,103,190.00

P020

1,103,190.00

Subtotal de programas institucionales

1,103,190.00

1.5 Aborto Seguro

Mayo

10,500.00

Subtotal de ministraciones

10,500.00

P020

10,500.00

Subtotal de programas institucionales

10,500.00

1.6 Violencia de Género

Mayo

10,500.00

Subtotal de ministraciones

10,500.00

P020

10,500.00

Subtotal de programas institucionales

10,500.00

Total Programa

3,587,515.44

2

Prevención y Control del Cáncer

Mayo

869,760.00

Subtotal de ministraciones

869,760.00

P020

869,760.00

Subtotal de programas institucionales

869,760.00

3

Igualdad de Género

Mayo

5,000.00

Subtotal de ministraciones

5,000.00

P020

5,000.00

Subtotal de programas institucionales

5,000.00

Total

4,462,275.44

O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

1

Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes

Mayo

226,236.00

Subtotal de ministraciones

226,236.00

U009

226,236.00

Subtotal de programas institucionales

226,236.00

2

Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos

2.1 Paludismo

Mayo

121,758.00

Subtotal de ministraciones

121,758.00

U009

121,758.00

Subtotal de programas institucionales

121,758.00

2.2 Enfermedad de Chagas

Subtotal de ministraciones

0.00

2.3 Leishmaniasis

Subtotal de ministraciones

0.00

2.4 Intoxicación por Artrópodos

Subtotal de ministraciones

0.00

Subtotal de programas institucionales

0.00

2.5 Dengue

Mayo

283,108.00

Subtotal de ministraciones

283,108.00

U009

283,108.00

Subtotal de programas institucionales

283,108.00

2.6 Vigilancia Post Oncocercosis

Subtotal de ministraciones

0.00

Total Programa

404,866.00

3

Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)

Subtotal de ministraciones

0.00

4

Emergencias en Salud

Mayo

81,885.00

Subtotal de ministraciones

81,885.00

U009

81,885.00

Subtotal de programas institucionales

81,885.00

5

Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)

Subtotal de ministraciones

0.00

6

Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas

Subtotal de ministraciones

0.00

Subtotal de programas institucionales

0.00

7

Enfermedades Cardiometabólicas

Subtotal de ministraciones

0.00

Subtotal de programas institucionales

0.00

8

Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento

Mayo

706,174.00

Subtotal de ministraciones

706,174.00

U008

706,174.00

Subtotal de programas institucionales

706,174.00

9

Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales

Mayo

161,350.00

Subtotal de ministraciones

161,350.00

U009

161,350.00

Subtotal de programas institucionales

161,350.00

10

Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas

Subtotal de ministraciones

0.00

Subtotal de programas institucionales

0.00

Total

1,580,511.00

R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

NO.

PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO

1

Vacunación Universal

Subtotal de ministraciones

0.00

Subtotal de programas institucionales

0.00

2

Atención a la Salud de la Adolescencia

Subtotal de ministraciones

0.00

3

Atención a la Salud en la Infancia

Subtotal de ministraciones

0.00

Total

0.00

Gran total

15,140,168.03

ANEXO 4

Programas-Indicadores-Metas de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública.

310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD

No.

PROGRAMA

ÍNDICE

TIPO DE
INDICADOR

NUMERADOR

DENOMINADOR

INDICADOR

META
FEDERAL

META
ESTATAL

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

1.2.1.1

Proceso

Número municipios que implementaron un programa de trabajo con acciones intersectoriales y de salud pública en el año t

Número total de municipios en el año t

Porcentaje de municipios que implementan un Programa de Trabajo con acciones intersectoriales y de salud Pública encaminadas a la modificación de los determinantes sociales que incidan en los principales problemas de salud pública

0.26

0.26

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

1.3.1.1

Resultado

Número de comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como saludables y en caso de prioridad de salud pública en localidades urbanas

Total de comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como saludables y en caso de prioridad de salud pública en localidades urbanas

Cobertura de comunidades certificadas como promotoras de la salud

100

100

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

2.1.2.1

Resultado

Número de ferias de promoción de salud para población migrante realizadas

Número de ferias de promoción de salud para población migrante programadas

Ferias de promoción de salud para población migrante

202

202

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

2.3.1.1

Resultado

La sumatoria de los puntos de los determinantes positivos de la salud del cuestionario POST intervención - la sumatoria de los puntos de los determinantes positivos de la salud del cuestionario PRE-INTERVENCIÓN

La sumatoria de los puntos de los determinantes positivos de la salud del cuestionario PRE-INTERVENCIÓN * 100

Tasa de variación de los determinantes positivos de la salud que reporta la población.

10

10

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

2.3.2.1

Resultado

Número estrategias educativas realizadas para la promoción de estilos de vida saludables

Total de estrategias educativas programados * 100

Porcentaje de estrategias educativas de promoción de la salud para el fomento de estilos de vida saludable.

100

100

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

2.5.1.1

Estructura

Número de jurisdicciones sanitarias que realizan jornadas nacionales de salud pública

Total de jurisdicciones sanitarias que realizan jornadas de salud pública

Jornadas Nacionales de Salud Pública realizadas en las jurisdicciones sanitarias

247

247

1

Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud

6.1.1.1

Proceso

Numero de servicios estatales de salud que tienen un 80% de cumplimiento en sus procesos, indicadores y metas programadas de políticas de salud pública y promoción de la salud.

Total de Servicios Estatales de Salud

Porcentaje de Servicios Estatales de Salud y Jurisdicciones Sanitarias que dan adecuado cumplimiento a los procesos, indicadores y metas de políticas de salud pública y promoción de la salud.

80

80

315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

NO.

PROGRAMA

ÍNDICE

TIPO DE
INDICADOR

NUMERADOR

DENOMINADOR

INDICADOR

META
FEDERAL

META
ESTATAL

1

Programa de Prevención de Accidentes, Lesiones y Seguridad Vial

1.1

Seguridad Vial

1.1.3

Proceso

Número de mediciones de factores de riesgo realizadas

Número de mediciones de factores de riesgo programadas) x 100

Mediciones de factores de riesgo de lesiones accidentales

0.7

0.7

1.1

Seguridad Vial

2.2.1

Proceso

Número de auditorías de seguridad vial realizadas

Número de auditorias viales programadas X 100

Auditorías de seguridad vial

1

1

1.1

Seguridad Vial

2.2.2

Proceso

Número de municipios prioritarios que aplican controlesde alcoholimetría

Total de municipios prioritarios por 100

Acción estrategica de alcoholimetría

1

1

1.1

Seguridad Vial

4.1.6

Proceso

Número de campañas de comunicación de seguridad vial realizadas en la entidad

Número de campañas de comunicación de seguridad vial programadas en la entidad) x 100

Comunicación para la prevención de lesiones accidentales

1

1

1.2

PA en Grupos Vulnerables

1.1.3

Resultado

Número de mediciones de factores de riesgo realizadas

Número de mediciones de factores de riesgo programadas) x 100

Identificación de factores de riesgo en escuelas primarias; asociados a las diferentes causas de lesiones accidentales (ahogamientos, asfixias, caídas, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras).

1

1

1.2

PA en Grupos Vulnerables

3.1.4

Resultado

Número de cursos de capacitación sobre prevención y manejo de lesiones accidentales realizados

Número de cursos de capacitación sobre prevención y manejo de lesiones accidentales programados) x 100

Capacitaciones sobre prevención y manejo de lesiones accidentales (ahogamientos, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras).

1

1

1.2

PA en Grupos Vulnerables

3.1.5

Resultado

Número de cursos de capacitación para primeros respondientes realizados

Número de cursos de capacitación para primeros respondientes programados) x 100

Capacitaciones sobre prevención y manejo de lesiones accidentales (Primeros respondientes)

1

1

1.2

PA en Grupos Vulnerables

4.1.4

Resultado

Número de acciones de sensibilización sobre prevención de lesiones accidentales realizadas.

Número de acciones de sensibilización sobre prevención de lesiones accidentales programados) x 100

Número de acciones de sensibilización sobre prevención de lesiones accidentales (ahogamientos, asfixias, caídas, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras).

1

1

1.2

PA en Grupos Vulnerables

4.1.6

Proceso

Número de campañas de comunicación de lesiones accidentales realizadas en la entidad

Número de campañas de comunicación de lesiones accidentales programadas en la entidad) x 100

Número de entidades federativas que difunden campañas para la prevención de ahogamientos, asfixias, caídas, envenenamientos e intoxicaciones y quemaduras, a través de diferentes medios de comunicación.

1

1

316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA

NO.

PROGRAMA

ÍNDICE

TIPO DE
INDICADOR

NUMERADOR

DENOMINADOR

INDICADOR

META
FEDERAL

META
ESTATAL

1

Emergencias en Salud

1.1

Emergencias

1.1.1

PROCESO

NUMERO DE FUNCIONES COMPROBADAS QUE REALIZA LA UIES EN LA ENTIDAD

NUMERO DE FUNCIONES QUE DEBE REALIZAR LA UIES SEGÚN LINEAMIENTO FEDERAL

FUNCIONES ACTIVAS DE LA UIES ESTATAL

0.9

0.9

1.1

Emergencias

2.1.1

PROCESO

NUMERO DE FUNCIONES COMPROBADAS QUE REALIZAN LOS SERVICIOS DE SANIDAD INTERNACIONAL EN LA ENTIDAD

NUMERO DE FUNCIONES QUE DEBEN REALIZAR LOS SERVICIOS DE SANIDAD INTERNACIONAL SEGÚN LINEAMIENTO FEDERAL

FUNCIONES ACTIVAS DE SANIDAD INTERNACIONAL EN LA ENTIDAD

0.9

0.9

1.1

Emergencias

3.1.1

PROCESO

NUMERO DE PUNTOS DE CREACIÓN DEL CEMER ESTATAL CUMPLIDOS

NUMERO DE PUNTOS DE CREACIÓN DE CEMER ESTATAL PARA INICIAR OPERACIÓN

CONSOLIDACIÓN DEL CEMER ESTATAL

0.9

0.9

1.2

Monitoreo

1.1.1

Proceso

Número de indicadores de oportunidad de subsistemas del SINAVE que mostraron mejoría respecto al semestre previo

Numero de indicadores de subsistemas del SINAVE que se evaluaron

NOTIFICACIÓN OPORTUNA

0.9

0.9

1.2

Monitoreo

1.1.2

Proceso

Número de Análisis Publicados

Numero de indicadores de subsistemas del SINAVE que se evaluaron

DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN EPIDEMIOLÓGICA

1

1

1.2

Monitoreo

1.1.3

Proceso

Numero de jurisdicciones supervisadas en la entidad

Numero de jurisdicciones programadas para ser supervisadas en el semestre

SUPERVISIÓN DEL SINAVE

1

1

2

Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio

1.1.2

Proceso

Índice de desempeño alcanzado por el LESP

Índice de desempeño máximo esperado por el LESP

Porcentaje Índice de Desempeño de la RNLSP

100

100

K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA

NO.

PROGRAMA

ÍNDICE

TIPO DE
INDICADOR

NUMERADOR

DENOMINADOR

INDICADOR

META
FEDERAL

META
ESTATAL

1

VIH y otras ITS

1.8.1

Proceso

Número de trabajadores de salud de los Servicios Especializados en VIH e ITS, que aprobaron los cursos en VIH seleccionados

Número de trabajadores de salud de los Servicios Especializados en VIH e ITS

Porcentaje de personal capacitado en atención integral de VIH e ITS

1

1

1

VIH y otras ITS

1.9.1

Proceso

Condones entregados a personas viviendo con VIH en los CAPASITS y SAIHS en la Secretaría de Salud.

Personas de 15 a 60 años en tratamiento antirretroviral en la Secretaría de Salud.

Condones entregados por persona viviendo con VIH.

112

112

1

VIH y otras ITS

5.1.1

Resultado

Personas viviendo con VIH que se diagnostican e incorporan por primera vez a atención (sin tratamiento antirretroviral previamente) cuyo primer recuento de linfocitos CD4 es menor a 200 células/ml, en la Secretaría de Salud

Personas viviendo con VIH que se diagnostican e incorporan por primera vez a atención (sin tratamiento antirretroviral previamente) que tuvieron su primer recuento de linfocitos CD4 en el periodo, en la Secretaría de Salud

Porcentaje de presentadores tardíos a los servicios de salud

1

1

1

VIH y otras ITS

11.6.1

Proceso

Detecciones de sífilis en personas en tratamiento antirretroviral en el año, en la Secretaría de Salud

Personas de 15 a 60 años que se encuentran en tratamiento antirretroviral en el año, en la Secretaría de Salud

Detección de sífilis en personas en tratamiento antirretroviral

0.01

0.01

1

VIH y otras ITS

12.3.1

Resultado

Mujeres embarazadas viviendo con VIH, bajo tratamiento antirretroviral, con carga viral indetectable (<50 copias/ml), en la Secretaría de Salud

Mujeres embarazadas viviendo con VIH, bajo tratamiento antirretroviral en la Secretaría de Salud

Porcentaje de mujeres embarazadas viviendo con VIH, bajo tratamiento antirretroviral, con carga viral indetectable

0.9

0.9

2

Virus de Hepatitis C

8.6.1

Proceso

Personas diagnosticadas con VHC (con carga viral positiva) no derechohabientes

Número de personas con carga viral positiva a VHC en el periodo en cuestión

Porcentaje de personas diagnosticadas con VHC en tratamiento antiviral en la Secretaría de Salud

0.9

0.9

L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA

NO.

PROGRAMA

ÍNDICE

TIPO DE
INDICADOR

NUMERADOR

DENOMINADOR

INDICADOR

META
FEDERAL

META
ESTATAL

1

Salud Sexual y Reproductiva

1.1

SSR para Adolescentes

1.1.1

Proceso

Total de campañas y estrategias
de IEC realizadas para la
adecuada difusión de los servicios
de salud sexual y reproductiva
para adolescentes

Campañas programadas de la
estrategia de IEC para la adecuada
difusión de los servicios de ssra

Total de campañas y
estrategias de IEC
realizadas para la
adecuada difusión de
los derechos sexuales
y reproductivos.

1

1

1.1

SSR para Adolescentes

1.2.1

Proceso

Total de supervisiones realizadas
en Jurisdicciones Sanitarias y
Servicios amigables

Total de supervisiones programadas
en Jurisdicciones Sanitarias y
Servicios amigables

Supervisión y
monitoreo de los
Servicios amigables

1

1

1.1

SSR para Adolescentes

1.2.4

Proceso

Número de jornadas realizadas por
servicios amigables itinerantes
Edusex que proporcionan atención
en SSRA, operando

Total de jornadas programadas de
servicios amigables itinerantes
Edusex que proporcionan atención
en SSRA, programados

Jornadas realizadas
con los Servicios
Amigables Itinerantes
(Edusex) operando

1

1

1.1

SSR para Adolescentes

1.2.5

Proceso

Mantenimientos realizados a la
unidad móvil Edusex

Mantenimientos programados a la
unidad móvil Edusex

Mantenimiento
EDUSEX

1

1

1.1

SSR para Adolescentes

1.2.5

Proceso

Total de jornadas realizadas en el
año con la unidad móvil Edusex

Total de jornadas programadas en
el año con la unidad móvil Edusex

Jornadas con la unidad
móvil Edusex

1

1

1.1

SSR para Adolescentes

1.2.5

Proceso

Total de jornadas realizadas en el
año con la unidad móvil Edusex

Total de jornadas programadas en
el año con la unidad móvil Edusex

Jornadas con la unidad
móvil Edusex

1

1

1.1

SSR para Adolescentes

1.2.5

Proceso

Consultas y/o Atenciones médicas
realizadas en Unidad Móvil

Consultas y/o Atenciones médicas
en Unidad Móvil Programadas

Consultas y/o
Atenciones médicas
realizadas en Unidad
Móvil

1

1

1.1

SSR para Adolescentes

1.2.5

Proceso

Personas beneficiadas por
actividades Extramuros realizadas

Personas beneficiadas por
actividades Extramuros
programadas

No. población
beneficiado por
actividades Extramuros
realizadas

1

1

1.2

PF y Anticoncepción

2.1.1

Proceso

Corresponde al número de nuevas
aceptantes de métodos
anticonceptivos en la Secretaría de
Salud, registradas en consulta
externa durante el año (no incluye
oclusiones tuberías bilaterales ni
vasectomías)

Número de nuevas aceptantes de
métodos anticonceptivos en la
institución (consultas de primera
vez), incluye usuarias de condón
masculino y femenino

Nuevas aceptantes de
métodos
anticonceptivos
registradas en la
Secretaría de Salud
durante el año

100

100

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.1

Proceso

Número de nuevas aceptantes de
métodos anticonceptivos en la
institución (consultas de primera
vez), incluye usuarias de condón
masculino y femenino

Total de nuevas aceptantes

Nuevas aceptantes de
métodos
anticonceptivos
registradas en la
Secretaría de Salud
durante el año

1

1

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.3

Proceso

Número de visitas de supervisión
realizadas a las jurisdicciones
sanitarias y unidades médicas

Total de visitas de supervisón
programadas

Visitas de supervisión
de la situación de
abasto de
anticonceptivos
realizadas a
jurisdicciones
sanitarias y unidades
médicas durante el año

1

1

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6

Resultado

Vasectomías realizadas

Vasectomias Programadas

Vasectomías sin bisturí
realizadas

1

1

1.3

Salud Materna

3.1.2

PROCESO

Número de comunidades donde se
realizó Censo

Número de comunidades asignadas
al distrito de asignación

censos de atención a
la salud materna

0.85

0.85

1.3

Salud Materna

3.2.2

PROCESO

Total de tiras de orina aplicadas en
embarazadas.

Total de embarazadas primera vez
en cualquier trimestre del embarazo

Cobertura de detección
de Infección de Vías
Urinarias durante el
embarazo

>20%, <
40%

>20%, <
40%

1.3

Salud Materna

3.2.2

RESULTADO

Mujeres con Atención
Pregestacional de Tamizaje

Total de embarazadas de primera
vez durante los primeros 2
trimestres

Detección oportuna de
embarazo mediante
tiras rápidas de
Gonadotropina

0.25

0.25

1.3

Salud Materna

3.2.2

PROCESO

Total de embarazadas a las que se
les dotó de hierro

Total de embarazadas atendidas de
primera vez (1er, 2ndo y tercer
trimestre)

Cobertura de entrega
de hierro a
embarazadas

0.95

0.95

1.3

Salud Materna

3.2.2

PROCESO

Total de embarazadas a las que se
les ministró ácido fólico

Total de embarazadas atendidas de
primera vez (1er, TRIMESTRE)

Cobertura de entrega
de ácido fólico a
embarazada

0.95

0.95

1.3

Salud Materna

3.2.3

PROCESO

Total de pruebas de VIH aplicadas
en embarazadas de primera vez (
1er, 2ndo ,tercer trimestre)

Total de embarazadas atendidas de
primera vez (1er, 2ndo y tercer
trimestre)

Cobertura de detección
de VIH/Sífiliis durante
el embarazo

0.95

0.95

1.3

Salud Materna

3.2.5

RESULTADO

Muertes maternas por causa de
hemorragia

Total de casos con hemorragia
obstétrica

Letalidad por
hemorragia obbstétrica

0.5

0.5

1.4

Salud Perinatal

4.2.3

Proceso

visitas realizadas para seguimiento

visitas programas para seguimiento

Visitas de seguimiento
de casos sospechosos
de tamiz metabólico

1

1

1.4

Salud Perinatal

4.2.3

Proceso

Número de niños con seguimiento
de casos sospechosos

Total de niños sospechosos

Personal de Apoyo a
tamiz metabólico

1

1

1.4

Salud Perinatal

4.3.2

Resultado

Tamices realizados

Nacimientos

Tamices realizados

95% de
niños
tamizados

95% de
niños
tamizados

1.5

Aborto Seguro

5.2.3

Estructura

Número de unidades de salud de
segundo nivel de atención con
servicios de ginecobstetricia que
atienden a población sin seguridad
social, que fueron abastecidas con
mifepristona para la atención del
aborto seguro

Número de unidades de salud de
segundo nivel de atención con
servicios de ginecobstetricia que
dan atención a población sin
seguridad social

Unidades de salud con
disponibilidad de
mifepristona

100

100

1.5

Aborto Seguro

5.3.2

Proceso

Número de supervisiones
realizadas para verificar la
aplicación del Lineamiento Técnico
para la atención del aborto seguro
en Mexico,

Número de supervisiones
programadas para verificar la
aplicación del Lineamiento Técnico
para la atención del aborto seguro
en Mexico

Porcentaje de
supervisiones
realizadas para
monitorear la
aplicación del uso de
tecnologías y
estándares de calidad
nacional e
internacional en la
atención del aborto
seguro.

1

1

1.6

Violencia de Género

6.3.1

Proceso

Número de supervisiones
realizadas para verificar la
aplicación de la NOM-046-SSA2-
2005 en los servicios de salud que
dan atención a población sin
seguridad social.

Número de
supervisionesprogramadas para
verificar la aplicación de la NOM-
046-SSA2-2005 en los servicios de
salud que dan atención a población
sin seguridad social.

Porcentaje de
supervisiones
realizadas en los
servicios de salud que
dan atención a
población sin
seguridad social para
verificar la aplicación
de la NOM-046-SSA2-
2005

1

1

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.3

Resultado

Mujeres tamizadas con prueba de
vph de 35 a 54 años en 5 años

Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la SSA

Cobertura de tamizaje
con prueba de VPH

0.23

0.23

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.6

Resultado

Mujers Tamizadas con mastografía
de 40 a 69 años en dos años

Mujeres de 40 a 69 años
responsabilidad de la SSA

Cobertura de tamizaje
con mastografía

0.12

0.12

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7

Resultado

Mujeres tamizadas con citología
cervical de 25 a 34 años en 3 años

Mujeres de 25 a 34 años
responsabilidad de la Ssa

Cobertura de tamizaje
con citología cervical

0.24

0.24

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7

Resultado

Mujeres tamizadas con citología
cervical de 25 a 34 años en 3 años

Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la Ssa

Cobertura de tamizaje
con citología cervical

0.24

0.24

2

Prevención y Control del Cáncer

4.3.2

Resultado

Mujeres tamizadas con prueba de
VPH de 35 a 64 años en 5 años

Mujeres de 35 a 64 años
responsabilidad de la Ssa

Uso adecuado de
pruebas de VPH

0.24

0.24

3

Igualdad de Género

4.1.2

Proceso

Número de unidades de salud de
fortalecimiento que implementan el
MoASMI dirigido a grupos de
atención prioritaria

Total de unidades de salud
programadas para implementar el
MoASMI

Número de unidades
de salud de
fortalecimiento que
implementan el
MoASMI dirigido a
grupos de atención
prioritaria

1

1

3

Igualdad de Género

4.1.2

Proceso

Número de unidades de salud
nuevas que implementan el
MoASMI dirigido a grupos de
atención prioritaria

Total de unidades que deben
implementar el MoASMI

Número de unidades
de salud nuevas que
implementan el
MoASMI dirigido a
grupos de atención
prioritaria

1

1

O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES

NO.

PROGRAMA

ÍNDICE

TIPO DE
INDICADOR

NUMERADOR

DENOMINADOR

INDICADOR

META
FEDERAL

META
ESTATAL

1

Prevención y
Control de
Enfermedades
Zoonóticas y
Emergentes

4.2.1

Proceso

Perros y gatos esterilizados
quirúrgicamente

Meta anual de perros y gatos a
vacunarse contra la rabia

Esterilización
quirúrgica de perros y
gatos.

5

5

1

Prevención y
Control de
Enfermedades
Zoonóticas y
Emergentes

5.2.1

Proceso

Casos Probables que cumplen con
la definición operacional con
tratamiento

Casos Probables que cumplen con
la definición operacional

Porcentaje de
pacientes de brucelosis
con tratamiento
específico

100

100

2

Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos

2.1

Paludismo

2.1.1

Proceso

Total de gotas gruesa tomadas a
casos probables de paludismo

Total de casos probables de
paludismo reportados

Toma de gota gruesa a
casos probables de
paludismo

100

100

2.5

Dengue

3.1.1

Proceso

Localidades Prioritarias con
Ovitrampas

Número de Localidades Prioritarias

Número de
Localidades con
Vigilancia
Entomológica con
Ovitrampas

100

100

2.5

Dengue

7.3.1

Proceso

Numero de Localidades prioritarias
con Acciones de Control Larvario

Numero de Localidades prioritarias

Numero de
Localidades prioritarias
con Acciones de
Control Larvario

100

100

2.5

Dengue

7.3.2

Proceso

Numero de Localidades prioritarias
con Acciones de Nebulizacion
Espacial en UBV

Numero de Localidades prioritarias

Numero de localidades
prioritarias con
acciones de
Nebulizacion Espacial
en UBV.

100

100

2.5

Dengue

7.3.3

Proceso

Número de Localidades Prioritarias
con acciones de Rociado
Intradomiciliar

Numero de Localidades prioritarias

Número de
Localidades Prioritarias
con acciones de
Rociado Intradomiciliar

100

100

3

Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)

2.3.4

Resultado

Número de pacientes con
diagnóstico de asma y que
ingresaron a tratamiento.

Total de pacientes con diagnóstico
de asma

Porcentaje de casos de
asma diagnosticados e
ingresados a
tratamiento.

0.3

0.3

3

Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)

1

Proceso

Número de casos que reciben
esquema de tratamiento con
fármacos antituberculosis de 2da
línea en el año

Número de casos programados con
diagnóstico de resistencia a
fármacos en el año

Porcentaje de
tratamiento con
fármacos
antituberculosis de 2da
línea en personas con
diagnóstico de
tuberculosis resistente
a fármacos.

0.9

0.9

3

Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)

1

Proceso

Número de casos TB TF nuevos y
previamente tratados que se les
realizo una prueba de sensibilidad
al diagnóstico, incluye resultados
de pruebas moleculares (Xpert
MTB/RIF) así como de pruebas
fenotípicas convencionales

Número de casos nuevos y
previamente tratados notificados X
100

Cobertura de la prueba
de sensibilidad a los
anti-TB para pacientes
con TB TF al momento
del diagnóstico.

0.4

0.4

3

Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)

1

Proceso

Total de casos nuevos de TB P
diagnosticados con Bk+ que
ingresan a tratamiento, lo terminan
y curan.

Total de casos nuevos Número de
personas con TBP Bk+ que ingresan
a tratamiento

Porcentaje de Éxito de
Tratamiento de la TB
pulmonar confirmada
bacteriológicamente

0.859

0.859

4

Emergencias en Salud

1.1.1

Resultado

Total de emergencias en salud
atendidas y notificadas (brotes y
desastres) con oportunidad.

Total de emergencias en salud
(brotes y desastres) atendidas y
registradas.

Emergencias en salud
atendidas con
oportunidad (brotes y
desastres en menos de
24 hrs).

90

90

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Resultado

Kits de reservas estratégicas
integrados.

Kits de reservas estratégicas
programados

Integración de kits de
insumos y
medicamentos para la
atención de
emergencias en salud

66

66

8

Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento

1.1.4.

Resultado

Número actividades realizadas en
la atención e intervención
gerontológica a personas mayores

Personas sujetas a programa

Porcentaje de
actividades realizadas
en la atención e
intervención
gerontológica a
personas adultas
mayores

90

90

8

Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento

3.3.1

Proceso

Número de personal contratado

total de personal programado para
contratación

Personal operativo
contratado en el primer
nivel de atención

100

100

9

Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales

2.3.3.1

Resultado

Número de aplicaciones de barniz
de flúor realizadas.

Número de aplicaciones de barniz
de flúor programadas.

Número de
aplicaciones de Barniz
de Flúor.

31045.5

31045.5

9

Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales

6.1.2.1

Resultado

Numero de Informes de
actividades y evaluación
realizados.

Numero de Informes de actividades
y evaluación esperados.

Supervisión y
evaluación del
componente Salud
Bucal del Preescolar y
Escolar.

4

4

R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

NO.

PROGRAMA

ÍNDICE

TIPO DE
INDICADOR

NUMERADOR

DENOMINADOR

INDICADOR

META
FEDERAL

META
ESTATAL

1

Vacunación Universal

1.1.1

Resultado

Niñas y niños menores de 1 año de
edad sin derechohabiencia que
recibieron la 3er dosis de la vacuna
hexavalente acelular.

Total de niñas y niños menores de 1
año de edad sin derechohabiencia
(SSA)

Cobertura de
vacunación al 95% con
3ra dosis de la vacuna
hexavalente en niñas y
niños menores de 1
año de edad sin
derechohabiencia al
semestre

95

95

1

Vacunación Universal

2.1.1

Resultado

Población sin derechohabiencia
que recibe la vacuna contra
influenza estacional en la
temporada invernal 2024-2025

Total de población meta sin
derechohabiencia a vacunar contra
la influenza estacional.

Logro de aplicación de
la Vacuna contra la
Influenza Estacional al
75% de la meta en el
último trimestre de
2024

75

75

ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.

ANEXO 5

Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública.

310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD

No.

PROGRAMA

ÍNDICE

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CONCEPTO

PRECIO
UNITARIO

CANTIDAD

TOTAL
(PESOS)

SIN DATOS

315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

No.

PROGRAMA

ÍNDICE

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CONCEPTO

PRECIO
UNITARIO

CANTIDAD

TOTAL
(PESOS)

SIN DATOS

316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA

No.

PROGRAMA

ÍNDICE

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CONCEPTO

PRECIO
UNITARIO

CANTIDAD

TOTAL
(PESOS)

2

Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio

1.1.2

Ramo 12 Apoyo Federal

Envío de reactivos y biológicos en general
elaborados por el Instituto de Diagnóstico y
Referencia Epidemiológicos para el diagnóstico
en salud pública a solicitud de los Laboratorios
Estatales de Salud Pública.

75,459.0000

1

75,459.00

Total

75,459.00

K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA

No.

PROGRAMA

ÍNDICE

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CONCEPTO

PRECIO
UNITARIO

CANTIDAD

TOTAL
(PESOS)

1

VIH y otras ITS

5.1.1

Ramo 12

Prueba para la detección de VIH (Clave: 080.829.5539) PRUEBAS RÁPIDAS. Inmunoanálisis para la detección del antígeno p24 de HIV-1 y anticuerpos al HIV-1 y HIV-2. Inmunoanálsis cualitativo in vitro con lectura visual para la detección simultánea del antígeno (Ag) no inmunocomplejo p24 del HIV-1 en forma libre y anticuerpos (Ab) a HIV-1 y HIV-2 en sangre humana. 10 tarjetas de prueba recubiertas de antígeno HIV1/2 recombinante y péptidos sintéticos, anticuerpos al antígeno p24 y avidina. TATC.

98.6000

6500

640,900.00

1

VIH y otras ITS

5.1.1

Ramo 12

Prueba para la detección de VIH (Clave: 080.829.5356) Prueba rápida para la determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y 2. Estuche para mínimo 24 pruebas. TATC.

54.4040

4300

233,937.20

1

VIH y otras ITS

5.1.1

Ramo 12

Prueba para la detección de VIH (Clave: 080.980.0001) Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación cualitativa de anticuerpos lgM/lgG anti HIV-1 y HIV-2 simultáneamente en suero, sangre, plasma o sangre total humana. Con lanceta retráctil con 3 niveles de punción, pipeta de toma y solución de corrimiento y sensibilidad igual o superior al 99% y especificidad igual o superior al 98% para VIH, de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica, o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA, EMA o la Organización Mundial de la Salud. Pieza.

54.4040

121400

6,604,645.60

1

VIH y otras ITS

5.1.1

Ramo 12

Valganciclovir (Clave: 010.000.4373.00) comprimido. Cada comprimido contiene: Clorhidrato de valganciclovir equivalente a 450 mg de valganciclovir. Envase con 60 comprimidos.

1,003.0000

12

12,036.00

1

VIH y otras ITS

11.6.1

Ramo 12

Pruebas para la detección de sífilis (Clave: 080.829.5463) Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación de anticuerpos de Treponema pallidum en suero o plasma humano. Con sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos. Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 20 pruebas.

33.3036

73800

2,457,805.68

1

VIH y otras ITS

12.3.1

Ramo 12

Sucedáneo de leche de Término (Clave: 030.000.0011.00) SUCEDÁNEO DE LECHE HUMANA DE TERMINO, POLVO. Densidad energética 0.66-0.68. Envase desde 360g hasta 454 g polvo y medida dosificada.

41.5000

6840

283,860.00

1

VIH y otras ITS

12.3.1

Ramo 12

Sucedáneo de Leche de Pretérmino (Clave: 030.000.0003.00) SUCEDÁNEO DE LECHE HUMANA DE PRETERMINO, POLVO. Densidad energética 0.80 a 0.81. Envase de lata con 400 a 454 g y medida de 4.40 a 4.50 g

107.3000

500

53,650.00

1

VIH y otras ITS

1.9.1

Ramo 12

Condón Masculino

97.9852

7236

709,020.91

1

VIH y otras ITS

1.9.1

Ramo 12

Condón Masculino

89.1460

10887

970,532.50

1

VIH y otras ITS

1.9.1

Ramo 12

Condon Femenino

7.8880

67360

531,335.68

1

VIH y otras ITS

1.9.1

Ramo 12

Gel Lubricante

11.2172

225113

2,525,137.54

2

Virus de Hepatitis C

8.6.1

Ramo 12

Pruebas para la detección de VHC (Clave: 080.829.5521) Prueba rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos contra el Virus de la Hepatitis C. Prueba rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos IgG por técnica inmunocromatográfica, contra el virus de la Hepatitis C (VHC) en sangre total, suero y plasma. Para su uso exclusivo como prueba de tamizaje. Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 25 pruebas. TATC.

24.7776

25500

631,828.80

Total

15,654,689.91

L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA

No.

PROGRAMA

ÍNDICE

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CONCEPTO

PRECIO
UNITARIO

CANTIDAD

TOTAL
(PESOS)

1

Salud Sexual y Reproductiva

1.1

SSR para Adolescentes

3

Ramo 12 Apoyo Federal

Sábanas quirúrgicas desechable para el uso
exclusivo de la unidad móvil Edusex en las
jornadas

15.0000

1600

24,000.00

1.1

SSR para Adolescentes

3

Ramo 12 Apoyo Federal

Guantes quirúrgicos desechable para el uso
exclusivo de la unidad móvil Edusex en las
jornadas

565.0000

12

6,780.00

1.1

SSR para Adolescentes

3

Ramo 12 Apoyo Federal

Torundera con tapa, de acero, para el uso
exclusivo de la unidad móvil Edusex en las
jornadas

1,000.0000

1

1,000.00

1.1

SSR para Adolescentes

3

Ramo 12 Apoyo Federal

Espejo. vagin*l Espejo. vagin*l desechable,
mediano, valva superior de 10.7 cm, valva inferior
de 12.0 cm, orificio central de 3.4 cm. Pieza.

40.0000

800

32,000.00

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Bata desechable para paciente. Elaborada en tela
no tejida de polipropileno de al menos 4 pines
(SMMS) de al menos 38 gr/m², con manga corta,
con dos cintas de amarre en la parte
delantera.Resistente a la penetración por impacto
de fluidos, resistente a la presión hidrostática de
fluidos, color antirreflejante, no transparente,
antiestática y resistente a la tensión. Producto
desechable y de un solo uso. No estéril. Con capa
protectora antibacterial. Medidas: Unitalla.
Envolvencia de 147 +/-3 cm x 117+/-3 cm Pieza.

39.5000

1573

62,133.50

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

CAMPOS QUIRÚRGICOS Campos quirúrgicos de
incisión, impregnados con iodopovidona en una
de sus caras. Compuesto de una película
impermeable; transparente, con adhesivo grado
médico, autoadheribles, hipoalergénico. Con una
superficie de impregnación de: 56 x 45 cm.
Estériles y desechables Empaque individual.
Envase con 10 piezas.

210.2000

158

33,211.60

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Gorro redondo con elástico ajustable al contorno
de la cara, de tela no tejida de polipropileno,
desechable. Impermeable a la penetración de
líquidos y fluidos; antiestática y resistente a la
tensión. Tamaño Grande Pieza

1.5900

1573

2,501.07

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

SOLUCIÓN INYECTABLE AL 2% Cada frasco
ámpula contiene: Clorhidrato de Lidocaína 1 g.
Envase con 5 frascos ámpula con 50 mL.

130.0000

158

20,540.00

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Seda negra trenzada, Calibre de la sutura: 3-0
longitud 75 cm

800.0000

132

105,600.00

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Limpiador antimicrobiano para piel y heridas es un
líquido claro isotónico que ayuda a la remoción
mecánica de residuos contiene 0.057% de
hipoclorito de sodio como antimicrobiano. Botella
con 15 oz (443 ml.) con tapa. Envase con 12
piezas

550.0000

4

2,200.00

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo
en mangas y pecho. Tela no tejida de
polipropileno, impermeable a la penetración de
líquidos y fluidos; antiestática y resistente a la
tensión. Estéril y desechable. Tamaño Grande
Pieza

31.6000

1573

49,706.80

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Guantes Para cirugía. De látex natural, estériles y
desechables. 7 1/2

22.0000

3200

70,400.00

1.2

PF y Anticoncepción

2.2.6.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Juego de sábanas, repelentes y desechables para
paciente. Elaboradas con tela no tejida, 100%
polipropileno de al menos 4 pines (SMMS) de al
menos 38 gr/m², con dos sábanas una para cajón
y una plana. Resistente a la penetración por
impacto de fluidos, resistencia a la presión
hidrostática de fluidos, hidrofóbico, color
antirreflejante, no transparente, antiestática y
resistente a la tensión. Producto de un solo uso.
Desechable.

15.0000

1573

23,595.00

1.2

PF y Anticoncepción

2.1.1.1

Ramo 12 Apoyo Federal

CONDÓN MASCULINO De hule látex. Envase
con 100 piezas.

110.2500

4275

471,318.75

1.2

PF y Anticoncepción

2.1.1.1

Ramo 12 Apoyo Federal

CONDÓN FEMENINO De poliuretano o látex
lubricado con dos anillos flexibles en los
extremos. Envase con 1,

10.6700

4200

44,814.00

1.3

Salud Materna

3.2.2.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Tiras reactivas pára determinar como mínimo 10
parámetros en orina; glucosa bilirrubinas cetonas
gravedad específica sangre pH proteínas
urobilinógeno nitritos leucocitos. Frasco con 100
tiras, TATC

154.7440

1000

154,744.00

1.3

Salud Materna

3.2.3.1

Ramo 12 Apoyo Federal

PRUEBAS RÁPIDAS. Reactivo para la
determinación comatrográfica, cualitativa de
anticuerpos contra VIH tipo 1 y 2 y Treponema
Pallidum. Cada sobre contiene: Cartucho de
prueba. -Un bulbo de plástico con regulador de
corrimiento. -Un bulbo de plástico vacio (pipeta
para toma de muestra). - Una lanceta retráctil con
3 niveles de punción. Caja para mínimo 10
sobres. Con sensibilidad igual o superior al 99% y
especificidad igual o superior al 98% para VIH y
sensibilidad no menor al 95% y una especificidad
no menor al 98% para sífilis, de acuerdo con el
certificado de evaluación diagnóstica del Instituto
de Diagnóstico y Referencia Epidemilógicos.

141.9608

45000

6,388,236.00

1.3

Salud Materna

3.2.3.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Pruebas Rápidas, Gonadotrofina coriónica fracció
Beta. Pruebba rápida cualitativa de un solo paso
en membrana sólida para determinación en orina
o suero en sobre individual. Sensibilidad: 20 Mui/
ml. A 25 Mui/ml. Equipo: Prueba en carrtucho de
plástico con pipeta desechable. Equipo con
control positivo y negativo para múltiples pruebas.
Equipo para múltiplos de 10 mínimo 10 máximo
100 pruebas TATC

13.7228

11753

161,284.07

1.3

Salud Materna

3.2.3.2

Ramo 12 Apoyo Federal

Fumarato ferroso. Tableta. Cada tableta contiene
Fumarato ferroso 200 mg equivalente a 65.74 mg
de hierro elemental. Envase co 50 Tabletas

49.0000

1.3

Salud Materna

3.2.3.2

Ramo 12 Apoyo Federal

Ácido fólico. Tableta. Cada tableta contiene: Ácido
fólico 0.4 mg. Envase con 90 Tabletas.

4.9500

1.3

Salud Materna

3.2.5.1

Ramo 12 Apoyo Federal

SOLUCIÓN INYECTABLE. Cada ampolleta
contiene: Ácido tranexámico 500 mg. Vehículo
c.b.p.5 mL. Envase con cinco ampolletas de 5 mL
cada una

3,570.0000

1.4

Salud Perinatal

4.3.2.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Papel filtro, de algodón 100%, sin aditivos,
especial para recolección y transporte de sangre
de neonatos, con impresión de cinco círculos
punteados de un centímetro de diámetro cada
uno, con nombre, número progresivo y formato
duplicado foliados. Múltiplo de 10 hojas, máximo
100.

9.1000

25000

227,500.00

1.4

Salud Perinatal

4.3.2.2

Ramo 12 Apoyo Federal

Lanceta de retracción automática y permanente.
Incisión de 1.8 a 2.0 mm, integrada a un
disparador de plástico; con dispositivo plástico
removible que asegure la esterilidad. Estéril y
desechable. Caja con 100 y sus múltiplos.

5.8200

25000

145,500.00

1.5

Aborto Seguro

2.3.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Mifepristona

678.8400

218

147,987.12

1.5

Aborto Seguro

2.3.2

Ramo 12 Apoyo Federal

Misoprostol

310.0000

738

228,780.00

1.5

Aborto Seguro

2.3.3

Ramo 12 Apoyo Federal

Jeringas para AMEU

3,350.0000

117

391,950.00

2

Prevención y Control del Cáncer

4.3.2.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Reactivos completos para la cuantificación de
ácidos nucleicos de los siguientes
microorganismos: Virus de Inmunodeficiencia
Humana, de la Hepatitis B, Hepatitis C, Virus del
Papiloma Humano, Citomegalovirus, Chlamydia
trachomatis y Mycobacterium Tuberculosis.
Equipo para minimo 10 pruebas. RTC (se solicitan
únicamente para Virus del Papiloma Humano)

366.0500

33324


12,198,250.20

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Alcohol etílico con 96º GL.

3,274.0000

80

261,920.00

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Cepillos para estudio citológico

5.0000

1574

7,870.00

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Espátula. De Ayre modificada

204.0000

1500

306,000.00

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Guantes. Para exploración, ambidiestro

400.0000

62800


25,120,000.00

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Lápices Marcadores Para marcar vidrio o
porcelana

237.0000

175

41,475.00

2

Prevención y Control del Cáncer

2.1.7.1

Ramo 12 Apoyo Federal

Portaobjetos De vidrio

239.0000

15750

3,764,250.00

Total

50,495,547.11

O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES

No.

PROGRAMA

ÍNDICE

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CONCEPTO

PRECIO
UNITARIO

CANTIDAD

TOTAL
(PESOS)

1

Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes

5.2.1

RAMO 12

RIFAMPICIN 20 MG/ML, ORAL SOLUTION, 120
ML BOTTLE

639.0000

30

19,170.00

1

Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes

5.2.1

RAMO 12

Rifampicina. Cápsula Comprimido o Tableta
recubierta. Cada Cápsula Comprimido o Tableta
ReCubierta contiene: Rifampicina 300 mg Envase
con 100 Cápsulas Comprimidos o Tabletas
ReCubiertas.

368.9100

150

55,336.50

1

Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes

4.2.1

Ramo 12

Amoxicilina L.A.

660.0000

81

53,460.00

1

Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes

4.2.1

Ramo 12

Tiletamina - Zolazapam 10%

779.0000

814

634,106.00

1

Prevención y Control de
Enfermedades
Zoonóticas y Emergentes

4.2.1

Ramo 12

Xilazina 2%

569.0000

407

231,583.00

2

Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos

2.5

Dengue

7.3.1

Ramo 12

Bacillus thuringiensis 5.35% + Metopreno 1.60%

46,395.3600

6

278,372.16

2.5

Dengue

7.3.1

Ramo 12

Bacillus thuringiensis var. israelensis 37.4%

9,938.8800

5

49,694.40

2.5

Dengue

7.3.3

Ramo 12

Propoxur 70%

26,119.6700

20

522,393.40

2.5

Dengue

7.3.2

Ramo 12

Malation 40%

25,038.3000

50

1,251,915.00

2.5

Dengue

7.3.2

Ramo 12

Bifentrina 1.73%

21,350.0000

50

1,067,500.00

2.5

Dengue

7.3.2

Ramo 12

Pirimifos-metil 49%

14,640.0000

30

439,200.00

2.5

Dengue

7.3.2

Ramo 12

Imidacloprid 3% + Praletrina 0.75%


209,040.000
0

7

1,463,280.00

2.5

Dengue

7.3.2

Ramo 12

Transflutrina 20%


209,040.000
0

5

1,045,200.00

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

2.3.4

Ramo 12-Apoyo Federal

Antisépticos. Gel antiséptico para manos que no
requiere enjuague. Formulado a base de alcohol
etílico de 60-80% w/w; adicionado con
humectantes y emolientes; hipoalergénico.

24.5108

290

7,108.13

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

2.3.4

Ramo 12-Apoyo Federal

Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo
en mangas y pecho. Tela no tejida de
polipropileno impermeable a la penetración de
líquidos y fluidos ; antiestática y resistente a la
tensión. Estéril y desechable. Tamaño: Grande

21.5644

125

2,695.55

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

2.3.4

Ramo 12-Apoyo Federal

Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo
en mangas y pecho. Tela no tejida de
polipropileno impermeable a la penetración de
líquidos y fluidos ; antiestática y resistente a la
tensión. Estéril y desechable. Tamaño: Grande

21.5644

75

1,617.33

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

2.3.4

Ramo 12-Apoyo Federal

Bata quirúrgica con puños ajustables y refuerzo
en mangas y pecho. Tela no tejida de
polipropileno impermeable a la penetración de
líquidos y fluidos ; antiestática y resistente a la
tensión. Estéril y desechable. Tamaño: Grande

21.5644

50

1,078.22

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

2.3.4

Ramo 12-Apoyo Federal

Guantes. de nitrilo o polibutadine-acrylonitrilo libre
de látex ambidiestro desechable estéril. Tamaño:
Mediano

3.1204

55

171.62

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

2.3.4

Ramo 12-Apoyo Federal

Protector respiratorio. Protector respiratorio con
eficiencia de filtración microbiológica del 95% o
mayor protección respiratoria contra partículas
menores a 0.1 µ. Resistente a fluidos antiestático
hipoalergénico; ajuste nasal moldeable que se
adapta a la cara impidiendo el paso del aire. Con
bandas o ajuste elástico entorchado a la cabeza.
Desechable.

1.3804

500

690.20

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

55.0000

83.8292146
6

4,610.61

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

231.5200

6.24

1,444.68

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

36.4000

55

2,002.00

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

6,637.1500

6.39267015
7

42,429.11

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

197.9000

223.708900
5

44,271.99

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

976.0500

20.6189528
8

20,125.13

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

648.0000

3.12

2,021.76

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

3,870.0000

1.56

6,037.20

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Medicamento (substancias y productos
farmaceuticos)

209.8500

5.12104712

1,074.65

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Medicamento (substancias y productos
farmaceuticos)

13.6600

6.24

85.24

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

332.6400

23

7,650.72

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

257.0400

46

11,823.84

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Antibioticos (substancias y productos
farmaceuticos)

22.6700

24

544.08

3

Programa Nacional de
Prevención y Control de
las micobacteriosis
(Tuberculosis y Lepra)

1

Ramo 12-Apoyo Federal

Método de diagnóstico molecular MTB/RIF

7,455.5000

4

29,822.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Albendazol. Suspensión Oral

7.4900

300

2,247.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Albendazol. Tableta

12.8000

300

3,840.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Aluminio y magnesio. Suspensión Oral

31.9200

150

4,788.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Ambroxol. Solución

7.1000

150

1,065.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Amlodipino. Tableta o Cápsula

6.7500

30

202.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Amoxicilina acido clavulánico. Suspensión Oral

28.0000

150

4,200.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Amoxicilina acido clavulánico. Tableta

32.0000

150

4,800.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Azitromicina. Tableta

14.7300

150

2,209.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Butilhioscina o hioscina. Gragea o Tableta

5.7300

60

343.80

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Butilhioscina o hioscina. Solución Inyectable

9.2200

60

553.20

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Clioquinol. Crema

6.4800

300

1,944.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Clorfenamina. Tableta

8.7400

60

524.40

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Diclofenaco. Cápsula o gragea de liberación
prolongada.

6.0000

60

360.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Dicloxacilina. Cápsula o comprimido.

32.0000

30

960.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Difenhidramina. Jarabe

6.2300

30

186.90

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Doxiciclina. Cápsula o Tableta

6.3500

150

952.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Electrolitos Orales. Polvo (Fórmula de
osmolaridad Baja)

3.8400

1800

6,912.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

ENALAPRIL. CÁPSULA O TABLETA

5.8900

120

706.80

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Glibenclamida. Tableta

3.8500

120

462.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Isosorbida. Tableta

4.9000

30

147.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Itraconazol. Cápsula

39.3000

90

3,537.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Metamizol sodico. Comprimido

4.8000

60

288.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

METFORMINA. TABLETA

9.4600

120

1,135.20

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Metoclopramida. Tableta

4.7500

150

712.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Metoprolol. Tableta

7.5500

30

226.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Metronidazol. Suspensión Oral

10.0500

90

904.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Metronidazol. Tableta

13.9800

90

1,258.20

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Miconazol. Crema

5.7300

300

1,719.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Nafazolina. Solución Oftálmica

5.0000

600

3,000.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Naproxeno. Tableta

9.8900

150

1,483.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Neomicina polimixina b y gramicidina. Solución
Oftálmica

29.9000

300

8,970.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Óxido de zinc. Pasta

9.1000

300

2,730.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Pantoprazol o rabeprazol u omeprazol. Tableta o
Gragea o Cápsula

4.9000

150

735.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Paracetamol. Solucion oral

4.9800

450

2,241.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Paracetamol. Tableta

3.0300

600

1,818.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Salbutamol. Jarabe

4.3500

15

65.25

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Salbutamol. Suspensión en aerosol.

26.5000

15

397.50

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Trimetoprima-sulfametoxazol. Comprimido o
Tableta

9.1000

150

1,365.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Trimetoprima-sulfametoxazol. Suspensión Oral

9.0000

150

1,350.00

4

Emergencias en Salud

1.2.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Jeringas. Para extraer sangre o inyectar
sustancias con pivote tipo luer lock

185.0000

5

925.00

9

Prevención, Detección y
Control de las
Enfermedades Bucales

2.3.3.1

Ramo 12

Fluoruro de sodio. Barniz de Fluoruro de Sodio al
5% en una concentración de 22600 ppm
autopolimerizable en un vehículo de resina
modificado. Presentación unidosis

24.8300

261619

6,495,999.77

Total

13,866,780.05

R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

NO.

PROGRAMA

ÍNDICE

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CONCEPTO

PRECIO
UNITARIO

CANTIDAD

TOTAL
(PESOS)

1

Vacunación Universal

1.1.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Vacuna Contra Difteria. Tos Ferina. Tétanos, Hepatitis B, Poliomielitis Y Haemophilus influenzae Tipo B. Suspensión inyectable. Cada frasco ámpula con 0.5 ml contiene: Toxoide diftérico no menos de 20 UL, Toxoide tetánico no menos de 40 Ul, Toxoide pertussis 25 ug, Hemaglutinina filamentosa 25 ug, Poliovirus tipo 1 inactivado (Mahoney) 40 U Poliovirus tipo 2 inactivado (MEF1) 8 U Poliovirus tipo 3 inactivado (Saukett) 32 U Antígeno de superficie del virus de Hepatitis B 10 ug, Polisacárido capsular de Haemophilus influenzae tipo b 12 ug Conjugado a la proteina tetánica 22-36 ug. Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada uno.

3,148.1000

35004

110,196,092.40

1

Vacunación Universal

2.1.1

Ramo 12-Apoyo Federal

Vacuna antiinfluenza tetravalente Fracciones antigénicas purificadas e inactivadas de virus de influenza tipo A y de virus de influenza tipo B correspondientes a las cepas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el periodo pre-invernal e invernal de los años correspondientes del hemisferio norte. Caja con 10 frascos ámpula con 5 mL cada uno correspondientes a 10 dosis de 0.5mL (100 dosis).

779.6500

108160

84,326,944.00

Total

194,523,036.40

GRAN TOTAL (PESOS)

274,615,512.47

ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.

ANEXO 6

Formato Informes Trimestrales Sobre el avance del Ejercicio de los Recursos Financieros Ministrados:

Diario Oficial de la Federación (6)

Formato Informes Trimestrales Sobre el avance en el Suministro y Destino de los Insumos/Bienes:

Diario Oficial de la Federación (7)

Formato Informes Trimestrales Sobre Avance de Indicadores:

Diario Oficial de la Federación (8)

ANEXO 7

Ejemplo de Formato de Acta de Conciliación de Insumos:

Diario Oficial de la Federación (9)

SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

UA/OAD: PROGRAMA: Ejercicio Fiscal: Entidad
Federativa:

ACTA DE CONCILIACIÓN DE INSUMOS 2024

En la Ciudad de México, a 15 de marzo de 2025, __(#Titular de la UA/OAD)__, (#Representantes Estatales), con el objeto realizar la conciliación respecto de las cantidades de insumos ministrados por la Secretaría de Salud al __(#Entidad Federativa)__ en adelante __"(#Denominación de la Entidad Federativa)"_ , para el __(#Nombre del Programa)__ con motivo de la suscripción del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Insumos y Recursos Presupuestarios Federales para la Ejecución y Desarrollo del Servicio Nacional de Salud Pública en las Entidades Federativas, para el ejercicio 2024 entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, en adelante "LA SECRETARÍA" y __"(#Denominación de la Entidad Federativa)"_, hacen constar lo siguiente:

ANTECEDENTES

1.- Con fecha _#fechaConvenioEspecífico_, "LA SECRETARÍA" y _"(#Denominación de la Entidad Federativa", celebraron, el Convenio Específico en Materia de Transferencia de Insumos y Recursos Presupuestarios Federales para la Ejecución y Desarrollo del Servicio Nacional de Salud Pública en las Entidades Federativas, para el ejercicio 2043, en adelante Convenio SaNAS 2024, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales a _"(#Denominación de la Entidad Federativa, a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a _"(#Denominación de la Entidad Federativa" , la adecuada instrumentación, así como fortalecer la integridad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud.

2.- Con fecha _#fechaPrimerModificatorio_, "LA SECRETARÍA" y _"(#Denominación de la Entidad Federativa", celebraron el Convenio Modificatorio al Convenio SaNAS 2024, con el objeto de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a _"(#Denominación de la Entidad Federativa".

3.- Que toda vez que al 31 de Diciembre de 2024, fecha en la que concluyó la vigencia del Convenio SaNAS 2024, no fue possible realizar la conciliación del total de los insumos ministrados por la "LA SECRETARÍA" a _"(#Denominación de la Entidad Federativa"_,contra los programados en el Convenio SaNAS 2024, y generar, en su caso, la emisión de un Convenio Modificatorio adicional a los señalados el numeral 2 del presente documento, se acuerda:

ACUERDOS

PRIMERO.-Que las cantidades, precios unitarios e importes definitivos de los insumos ministrados con motivo del cierre de laentrega-recepción de los insumos asignados al _#Nombre del Programa_, al 31 de Diciembre de 2024, ministrados a _"(#Denominación de la Entidad Federativa"_, con motivo de la suscripción del Convenio SaNAS 2024, son las que se muestran en el cuadro de conciliación siguiente:

CONCILIACIÓN DE INSUMOS MINISTRADOS CON MOTIVO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO SaNAS 2024, A EL ESTADO DE
_#ENTIDADFEDERATIVA_, PARA EL PROGRAMA DE _#NOMBREDELPROGRAMA_

INSUMOS PROGRAMADOS EN EL CONVENIO SaNAS 2024

CONCEPTO

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO

CANTIDAD

PRECIO
UNITARIO

MONTO

JUSTIFICACIÓN
DE LA
CONCILIACIÓN

INSUMOS ENVIADOS Y RECIBIDOS EN LOS ALMACENES DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE
SALUD DEL ESTADO

FOLIO DE MINISTRACIÓN

CANTIDAD MINISTRADA

PRECIO UNITARIO

MONTO MINISTRADO

Total ministrado

$ .00

Total ministrado de la Entidad Federativa: $ .00

SEGUNDO.- Que con la presente conciliación se deja constancia de la cantidad total de los insumos ministrados a _"(#Denominación de la Entidad Federativa "_, cumpliendo con lo establecido en el Convenio SaNAS 2024.

TERCERO.- La suscripción de la presente acta no genera compromiso alguno para "LA SECRETARÍA" de ministraciones posteriores, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación.

CUARTO.- La suscripción de la presente acta no exime a _"(#Denominación de la Entidad Federativa_"_, de la responsabilidad por el incumplimiento, que en su caso, haya incurrido respecto de las obligaciones contraídas en el Convenios SaNAS 2024.

Previa lectura de la presente acta y no habiendo otro asunto que hacer constar, se firma por todos los que en ella intervienen, para dejar constancia.

Por "LA SECRETARÍA"

_____________________________________________ DIRECTOR(A) GENERAL DE UA/OAD

Hoja de firmas por "LA SECRETARÍA" del Acta de Conciliación de Insumos 2024, suscrita el día 15 de marzo de 2025.

Por _"(#Denominación de la Entidad Federativa_"_,

___________________________ SECRETARIO(A) DE SALUD

_____________________________________________ DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Hoja de firmas por _"(#Denominación de la Entidad Federativa "_,del Acta de Conciliación de Insumos 2024, suscrita el día 15 de marzo de 2025.

Ejemplo de Formato de Constancia de Cierre de Presupuesto:

Diario Oficial de la Federación (10)

SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

UA/OAD:

PROGRAMA:

Ejercicio Fiscal:

Entidad Federativa:

Asunto: Constancia de cierre de Presupuesto

__#Titular de la Secretaría de Salud del Estado__ __#Cargo del Titular de la Secretaría de Salud del Estado__ Entidad Federativa:

Me refiero al Convenio Específico en Materia de Transferencia de Insumos y Recursos Presupuestarios Federales para la Ejecución y Desarrollo del Servicio Nacional de Salud Pública en las Entidades Federativas, para el ejercicio 2024, al respecto, y a efecto de dejar constancia de la comprobación de los recursos ministrados a través de dicho Convenio, me permito informar a usted que los recursos transferidos al programa de __#Nombre del Programa__ a través de la _#UA/OAD_ por un monto de $______.00 (Monto en Letra 00/100 M.N.) han sido comprobados en su totalidad conforme a las partidas del gasto autorizadas por esta Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado cumpliendo lo establecido en el convenio antes referido.

La emisión de la presente constancia no prejuzga la autenticidad de la información y de la documentación que respaldan los Certificados de Gasto y los Certificados de Reintegro, presentada a esta Unidad Administrativa u Órgano Administrativo Desconcentrado para la comprobación del gasto, por lo que no exime a esa entidad federativa de la responsabilidad que, en su caso, los órganos fiscalizadores federales y/o estatales, determinen conforme a sus atribuciones.

A T E N T A M E N T E

_______________________ #TITULAR UA/OAD

Por la Secretaría: Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Dr. Ruy López Ridaura.- Rúbrica.- Director General de Promoción de la Salud, Mtro. Agustín López González.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Gabriel García Rodríguez.- Rúbrica.- Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Lic. Raúl Gómez Torres.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Act. Yolanda Varela Chávez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Dr. Ricardo Cortés Alcalá.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Dra. Alethse De La Torre Rosas.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dr. José Luis Díaz Ortega.- Rúbrica.- Director General de Información en Salud, Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Jorge Enrique Trejo Gómora.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretaria de Planeación y Finanzas, Mtra. Josefina Morales Guerrero.- Rúbrica.- Directora de Operación de Obra, Bienes, Servicios Generales y Proceso de Gestión del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, Lic. Patricia Grajales Jácome.- Rúbrica.- Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, Dra. Araceli Soria Córdoba.- Rúbrica.- Subsecretaria de Servicios de Salud Zona B y Coordinadora de Servicios de Salud de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, Dra. Mireya Montesano Villamil.- Rúbrica.


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Address: Apt. 203 613 Huels Gateway, Ralphtown, LA 40204

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Job: Regional Design Producer

Hobby: Nordic skating, Lacemaking, Mountain biking, Rowing, Gardening, Water sports, role-playing games

Introduction: My name is Fredrick Kertzmann, I am a gleaming, encouraging, inexpensive, thankful, tender, quaint, precious person who loves writing and wants to share my knowledge and understanding with you.